Jordi Cuixart, presidente e Òmnium Cultural, y Jordi Sánchez, exlíder de la ANC.

Jordi Cuixart, presidente e Òmnium Cultural, y Jordi Sánchez, exlíder de la ANC.

Política JUICIO 1-O

El autor del informe de Amnistía: "La pena es demasiada pero los 'Jordis' no son presos políticos"

ERC y JxCat lideran un manifiesto suscrito por Unidas Podemos en el que piden liberar a los dos activistas independentistas.

30 mayo, 2020 03:10

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El nacionalismo catalán insiste en que en España hay “presos políticos”, pero el informe de Amnistía Internacional al que recurren para sustentar su posición sobre el proceso judicial a los doce políticos y activistas independentistas no respalda esta tesis.

"La condena a Jordi Sánchez y Jordi Cuixart es desproporcionada, pero no son presos políticos ni de conciencia”, explica Ignacio Jovtis, coautor del informe de la ONG en España, a EL ESPAÑOL. “Participamos en las 52 sesiones del proceso, el 100% de las sesiones, y consideramos que no se vulneró el derecho a un juicio justo en base a lo que dice el Derecho Internacional”.

El informe Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo en la causa contra líderes catalanes afirma que “la organización no ha encontrado elementos para afirmar que el proceso judicial seguido en contra de los 12 líderes catalanes haya vulnerado las garantías de un juicio justo”. Y tampoco aparece en el documento el concepto “presos políticos” o “presos de conciencia”.

Presos de conciencia es una definición que acuñó Amnistía, pero es una definición para aquellos casos donde solamente las personas están en prisión por motivos de conciencia, aunque puede haber un juicio de por medio. En este caso, creemos que es distinto. Los eventos que sucedieron el 20 de septiembre y 1 de octubre de 2017 podrían ser sancionables, aunque creemos que es desproporcionado la condena por sedición”, explica su autor.

Por lo que respecta a la tan usada expresión presos políticos, se limita a decir que “en Derecho Internacional no existe la definición ni tiene consecuencias desde el punto de vista jurídico. Amnistía como organización basada en el Derecho Internacional no le ve relevancia jurídica porque es una expresión coloquial”.

“Nuestra preocupación es la interpretación que hace el Tribunal Supremo del delito de sedición”, concluye a este respecto.

Los portavoces de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) y Junts per Catalunya (JxCat), Gabriel Rufián y Laura Borràs, han sostenido en reiteradas ocasiones en que los nueve dirigentes encarcelados son “presos políticos”.

En la última sesión plenaria, Rufián dijo sobre el informe del 8-M que provocó el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos que “ya mentía con los informes que llevaron a nueve demócratas catalanes a la cárcel”. Sin que el presidente del Gobierno le corrigiera.

En la misma línea, este viernes se hacía público un manifiesto firmado también por Unidas Podemos para que el exlíder de la Asamblea Nacional Catalana y el presidente de Òmnium fueran liberados.

Dicho manifiesto se basaba en el informe de Amnistía Internacional, pero aunque la ONG también cuestiona su encarcelamiento no les define de presos políticos. Y en ningún caso es extensible al resto de condenados por el proceso separatista.

Informe

Desde su nacimiento, Amnistía Internacional tenía como criterio evitar que una delegación de un país esgrimiera un juicio sobre un caso nacional con el fin de evitar presiones.

Al ser preguntado por esta cuestión, Jovtin reconoce que “se ha ido flexibilizando” este criterio, pero que el “trabajo que se ha hecho” sobre los acontecimientos del procés se han elaborado “junto Amnistía Internacional en Londres”.

La primera vez que comunicaron por redes sociales que no consideraban a los Jordis ni presos políticos ni presos de conciencia sufrieron una campaña en contra del nacionalismo. El humorista de TV3, Toni Soler, amenazó incluso con darse de baja. "Sois una vergüenza", afirmó.

Este episodio fue en noviembre de 2017, antes de la sentencia y la posterior elaboración del informe, cuyo objeto de análisis es el propio auto del Tribunal Supremo.

En el informe se muestran críticos con la tipificación penal de los hechos demostrados del procés: “La falta de claridad de la definición del delito de sedición en la legislación española permite la imposición de restricciones indebidas a los derechos a la libertad de expresión y reunión pacífica al criminalizar una amplia gama de acciones directas no violentas protegidas por el derecho internacional de los derechos humanos”.

También “urge a las autoridades a asegurar que Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, quienes han pasado ya más de dos años en prisión, sean puestos en libertad de forma inmediata y a asegurar un proceso que permita anular la condena por sedición en su contra, ya que dicha pena supone una sanción excesiva y desproporcionada que se deriva del ejercicio de sus derechos a la libertad de expresión y reunión pacífica”.

El informe es crítico con la resolución judicial, aunque se circunscribe a los dos activistas de las entidades independentistas que no eran autoridades políticas. De este análisis sobre la condena, sin embargo, no se deduce la reivindicación de “presos políticos” y “exiliados” que hace ERC y JxCat para instar al gobierno a ponerlos en libertad.