Agustín Barberá, ex alto cargo condenado por el caso ERE.

Agustín Barberá, ex alto cargo condenado por el caso ERE. EFE

Andalucía

La Audiencia da 10 días para ingresar en prisión a un ex alto cargo del 'caso ERE' enfermo de cáncer

Cree que el tratamiento descrito puede ser dispensado en el centro penitenciario con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido.

30 marzo, 2023 15:37

Diez días naturales tiene el exviceconsejero socialista de Empleo Agustín Barberá, condenado a siete años de prisión por el caso ERE, para entrar en la cárcel. Tras varios meses desde que el Supremo lo condenara en firme por malversación, la Audiencia ha denegado finalmente su petición de suspender su pena ante el cáncer que padece.

En un auto, el tribunal reconoce que, aunque padece una enfermedad grave incurable, el tratamiento descrito puede ser dispensado en el centro penitenciario con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido.

Cuando la Audiencia dictó el auto de ingreso en prisión para todos los condenados hizo una excepción con el expresidente José Antonio Griñán, tras alegar ese mismo día que padecía cáncer de próstata; con el propio Barberá, que había informado de su enfermedad previamente, y con el ex director general de Trabajo, Juan Márquez.

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A este último el Supremo le rebajó la pena privativa de libertad a tres años y la Audiencia le dio uno de plazo mientras se tramita su solicitud del indulto al Gobierno. Los demás condenados cumplen condena en distintas cárceles andaluzas desde principios de enero. 

Aunque el tribunal desestimó el recurso de súplica del exviceconsejero de Empleo, contra el auto en el que desestimaba ya suspender las penas de prisión en espera de que se resolviese las peticiones de indulto y de que el Supremo hiciese lo propio respecto a sus incidentes de nulidad, sí accedió a suspender provisionalmente el ingreso en prisión de este condenado.

Sin embargo, ahora considera necesario distinguir entre aquellas personas gravemente enfermas, cuya permanencia en un centro penitenciario pueda suponer un riesgo cierto para su vida y su integridad física. Y aquellas otras personas también gravemente enfermas que, no obstante, permanecer ingresados, tienen una expectativa de vida que no tiene por qué ser reducida. En este último grupo incluye a este ex alto cargo.

Este auto se ha emitido el mismo día en el que la Audiencia ha requerido a la defensa de José Antonio Griñán que comunique a este tribunal el momento en el que concluya el tratamiento de radioterapia por el cáncer de próstata que padece.

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Hace unos días, la Audiencia sevillana pidió al expresidente socialista que presentara todos sus informes médicos para que se le sometiera a un nuevo reconocimiento médico del Instituto de Medicina Legal (IML).

El objetivo es revaluar si el expresidente puede ser tratado en prisión del citado tumor, motivo por el que el mismo tribunal aplazó la ejecución de la pena de cárcel a mediados de enero.

El movimiento llega después de que la Audiencia haya valorado la documentación emitida por el Centro Penitenciario de Sevilla, a la que requirió un informe sobre la posibilidad de que recibiese tratamiento en la cárcel.

La prisión explicó entonces que dispone de convenio con el Servicio Andaluz de Salud (SAS) para derivar pacientes encarcelados a los servicios especializados de los hospitales Macarena y Virgen del Rocío, como el de radioterapia prescrito a Griñán. 

Por tanto, tras la disponibilidad del propio centro para dispensar su tratamiento y la orden de ingreso en prisión de Agustín Barberá, la petición para que su pena se suspenda tiene pocos visos de prosperar.