Vías del tren.
El Supremo tumba el recurso de CCOO contra el cierre del tramo ferroviario Tarancón - Utiel
El Alto Tribunal considera que "no se aprecian irregularidades en el procedimiento que determinen la nulidad del acuerdo del Consejo de Ministros impugnado".
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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por CCOO contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 2023 para clausurar el tramo Tarancón-Utiel de la línea de tren convencional que pasa por la provincia de Cuenca.
En una sentencia con fecha 29 de septiembre, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha desestimado el recurso y ha impuesto a la parte recurrente las costas procesales.
Al recurso se han opuesto la Abogacía del Estado, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), la Junta de Castilla-La Mancha y la Diputación de Cuenca.
Entre los motivos del sindicato para recurrir el acuerdo del Consejo de Ministros se encuentra "la inobservancia del procedimiento administrativo común; la falta de acreditación de la carencia de rentabilidad económica y social del tramo ferroviario; no haber sometido la decisión a evaluación de impacto ambiental; o considerar que el cierre del tramo es una incongruencia con el objetivo de descarbonización".
Cabe recordar que el pasado mes de julio, el Alto Tribunal también desestimó el recurso que había presentado la Confederación de Ecologistas en Acción-CODA contra la clausura del tramo ferroviario.
Sentencia
"No se aprecian irregularidades en el procedimiento que determinen la nulidad del acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, por lo que el motivo de impugnación debe ser rechazado", expone la sentencia.
Asimismo, indica que los informes aportados por la parte recurrente "no son suficientes para desvirtuar el detallado y minucioso estudio técnico realizado y los datos económicos aportados".
Y asegura que no basta con afirmar que "una línea escasamente utilizada y que no constituye la mejor alternativa de transporte para los ciudadanos de la zona se constituye como un eje vertebrador fundamental".
Asimismo, expresa que se trata de una línea férrea sin electrificar y "con muchas dificultades para dicha electrificación", que utilizaba locomotoras diésel. Por ello, "el cese de la circulación ferroviaria podría considerarse como un efecto de carácter positivo sobre el espacio Red Natura 2000".
Y sobre la descarbonización, agrega que el cierre "no atenta por sí mismo al objetivo de la descarbonización, máxime cuando este servicio no se utilizaba mayoritariamente por los ciudadanos y los trenes no presentaban un razonable índice de ocupación".