El médico de Familia Miguel Ángel Castilla llega al consultorio local de Viloria del Henar (Valladolid), donde atiende a sus pacientes

El médico de Familia Miguel Ángel Castilla llega al consultorio local de Viloria del Henar (Valladolid), donde atiende a sus pacientes Leticia Pérez Ical

Sociedad

Confirmado por la Junta: esta es la solución de Castilla y León para cubrir las plazas médicas en pueblos de difícil cobertura

Se trata de un proceso extraordinario del Sacyl que ofrecerá un conjunto de incentivos económicos y profesionales para atraer y retener personal.

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El Boletín Oficial de Castilla y León publica este miércoles la Ley 3/2025, del 22 de diciembre, que establece un conjunto de medidas extraordinarias para impulsar la provisión estable y permanente de puestos sanitarios de difícil cobertura y garantizar la asistencia sanitaria en todo el territorio autonómico.

La norma, aprobada por las Cortes de Castilla y León, afecta a atención primaria, hospitalaria y urgencias de las nueve provincias de Castilla y León.

La ley parte del diagnóstico de una escasez estructural de profesionales sanitarios en determinadas categorías y especialidades, agravada en zonas rurales o alejadas de grandes núcleos urbanos.

El texto identifica estos puestos como de difícil cobertura, un fenómeno vinculado a la falta de atractivo profesional, a la localización geográfica y a la dificultad para cubrir plazas mediante los sistemas ordinarios de provisión.

La norma fija los criterios para declarar un puesto de difícil cobertura, entre ellos el desfase entre plantilla y efectivos reales, las ratios de pacientes por profesional, las características demográficas del área, la incorporación de nuevas tecnologías o la reiterada falta de aspirantes en concursos y bolsas de empleo.

El texto precisa que esta declaración tendrá una vigencia de tres años, prorrogable por otros tres. Uno de los ejes principales es la creación de un procedimiento extraordinario y transitorio de acceso mediante procesos selectivos específicos por el sistema de concurso.

Durante tres años, el Sacyl podrá convocar ofertas de empleo público singularizadas para cubrir estas plazas, exigiendo la incorporación efectiva y una permanencia mínima de dos años antes de optar a traslados o promociones.

La ley incorpora un conjunto de incentivos económicos y profesionales para atraer y retener personal. Entre ellos figura el complemento de garantía asistencial, incrementado respecto al vigente, el cómputo doble del tiempo trabajado en estos puestos en bolsas y procesos selectivos, y el reconocimiento como mérito único para progresar en la carrera profesional tras tres años de servicios.

También se prevén medidas de conciliación, como la flexibilización de jornadas para concentrar el trabajo semanal en cuatro días, y ventajas formativas.

Los profesionales tendrán prioridad en actividades de formación, derecho a días de libranza para congresos y estancias formativas en otros centros, además de ayudas para desplazamiento y alojamiento.

En materia organizativa, la norma regula instrumentos para garantizar la continuidad asistencial. Así, el Sacyl habilita la prestación voluntaria de atención continuada en centros distintos al de origen.

También la colaboración asistencial entre centros mediante proyectos de gestión compartida y, de forma subsidiaria, la suspensión voluntaria de la exención de guardias para facultativos mayores de 55 años.

La atención continuada realizada en ámbitos distintos al del nombramiento se retribuirá con un incremento del 75 % del complemento correspondiente, respetando los límites legales de jornada y descansos. Los proyectos de gestión compartida tendrán una duración máxima de tres años y permitirán el trabajo en red entre centros sanitarios.

Como última medida, la ley contempla la posibilidad de movilidad forzosa temporal cuando no sea posible cubrir las plazas o actividades asistenciales por vías voluntarias.

Esta movilidad tendrá carácter excepcional, seguirá un orden de prelación y no podrá superar los seis meses por profesional, manteniendo siempre el derecho a la plaza de origen.

La norma se fundamenta en las competencias autonómicas en sanidad y empleo público y tiene como objetivo final garantizar el derecho a la protección de la salud en condiciones de igualdad, evitando que el lugar de residencia, rural o urbano, condicione el acceso a una asistencia sanitaria de calidad en Castilla y León.