La vallisoletana Polonia Castellanos y el salmantin oHéctor de Miguel 'Quequé'

La vallisoletana Polonia Castellanos y el salmantin oHéctor de Miguel 'Quequé'

Valladolid

Quequé irá a juicio por acoso a la presidenta de Abogados Cristianos: “Pocos actos hay tan cobardes como lo que hizo”

El tribunal desestima el recurso de apelación de la defensa y abre la vía para que el caso del humorista salmantino llegue a juicio. La vallisoletana Polonia Castellanos celebra la resolución y espera una condena: “Estoy muy satisfecha”.

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La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid ha confirmado el procesamiento del humorista salmantino Héctor de Miguel Martín, conocido artísticamente como Quequé, por un presunto delito de acoso a la presidenta de la Fundación Española de Abogados Cristianos (FEAC), la vallisoletana Polonia Castellanos.

La resolución, a la que ha tenido acceso este medio, desestima en su integridad el recurso de apelación presentado por la defensa del cómico contra el auto dictado en junio de este año por el Juzgado de Instrucción n.º 6 de Valladolid, que acordaba continuar las diligencias previas por la vía del procedimiento abreviado.

La controversia se remonta a 2021, cuando Quequé, durante una emisión de su programa de humor Hora Veintipico, ironizó con la posibilidad de dinamitar el Valle de los Caídos y “apedrear a los sacerdotes por pederastia”.

Ante el anuncio de Castellanos de que interpondría una querella contra él, el humorista lanzó un sketch en el que, en tono satírico, se dirigía a su audiencia mencionando el número de teléfono de Abogados Cristianos.

Aunque lo hizo bajo la fórmula humorística de “abstenerse de llamar”, el tribunal considera que ese mensaje provocó más de 1.200 llamadas en un solo día, además de correos electrónicos y mensajes en redes sociales, lo que colapsó la línea de la asociación y causó un “grave trastorno” a su presidenta.

“Me acosaron con barbaridades”

En declaraciones exclusivas a EL ESPAÑOL Noticias de Castilla y León, Polonia Castellanos ha mostrado su satisfacción tras conocer la decisión judicial:

“Estoy muy satisfecha de que continúa adelante el procesamiento y que al final vaya a haber juicio contra este señor. Creo que pocos actos hay tan cobardes como lo que hizo: animar a las masas para que me llamaran, me insultaran y me acosaran”, ha afirmado.

Para recordar, “eso sí”, que “cuando me tuvo delante no fue capaz de decirme absolutamente nada. Espero que al final haya una condena, porque no hay ninguna excusa posible ni ningún argumento que justifique lo que hizo a una mujer simplemente por sus creencias religiosas”.

Hay que recordar que el humorista salmantino no se presentó cuando tuvo que declarar en Valladolid y lo hizo de manera telemática.

La letrada recuerda que aquel episodio tuvo un fuerte impacto en su vida personal: “Llegué a temer por mi seguridad y la de mis hijas. Fue una situación totalmente insostenible”.

En su auto, la Audiencia vallisoletana subraya que la transformación de las diligencias en procedimiento abreviado no equivale a una sentencia condenatoria, sino a una resolución de carácter provisional sustentada en la existencia de “indicios racionales de criminalidad”.

El tribunal admite que la defensa del humorista ha sostenido que se trataba de “expresiones humorísticas amparadas por la libertad artística”, propias de su personaje en un programa de sátira política.

Sin embargo, la Sala recuerda que la finalidad del juicio oral es precisamente dirimir si tales manifestaciones están o no protegidas por el artículo 20 de la Constitución, que garantiza la libertad de expresión y creación artística.

Fórmula negativa

El auto recoge además que, aunque formalmente el humorista usara la fórmula negativa (“absténganse de llamar”), el resultado fue el contrario.

Los oyentes sí realizaron las llamadas masivas, enviaron mensajes y saturaron los canales de comunicación de la asociación.

Tras desestimar el recurso de apelación, la Audiencia confirma íntegramente la resolución del Juzgado de Instrucción n.º 6 de Valladolid.

El caso queda así abierto para que el Ministerio Fiscal y la acusación particular presenten sus escritos de acusación y se celebre juicio oral.

El tribunal insiste en que la fase de instrucción solo tiene por objeto delimitar los hechos y que la verdadera valoración de las pruebas y alegaciones tendrá lugar en sede judicial. La decisión es firme y contra ella no cabe recurso ordinario.