El vehículo de Óscar y Esther López

El vehículo de Óscar y Esther López

Valladolid

Caso Esther López: el doble borrado de las averías en el coche de Óscar bloquea al perito

Ha enviado su informe a la jueza asegurando que esto le “impide saber y recopilar información en las fechas del hecho investigado"

11 octubre, 2022 15:31

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La jueza del Juzgado de Instrucción Número 5 de Valladolid, Soledad Ortega, ya tiene en su poder uno de los informes que lleva reclamando durante meses para la investigación de la desaparición y muerte de Esther López, cuyo cadáver fue localizado el pasado 5 de febrero en una cuneta de la N-122 que va a dar a la localidad vallisoletana de Traspinedo.

La jueza reclamó al perito de la SEADA la “urgencia” de recibir el informe la pasada semana. Este profesional ya respondió a la magistrada con un adelanto del informe en el que confirmaba la “manipulación” realizada en el ordenador del coche del principal sospechoso: Óscar S. Aseguraba que en el módulo de navegación del vehículo se había realizado un borrado de todas las averías del coche y que se había intentado crear una nueva llave y la programación sin éxito de esta.

La jueza ha recibido ya el informe definitivo del perito. Ha sido este viernes, 7 de octubre. Un escrito de 22 páginas en el que aparecen todas las actuaciones del profesional de la SEADA en el análisis del vehículo Volkswagen T-Roc de Óscar y las conclusiones a las que llega. Un informe técnico de diagnosis y análisis electrónico del vehículo, con su número de bastidor correspondiente.

El objetivo del mismo pasaba por leer y analizar las unidades electrónicas del vehículo Volkswagen T-ROC, realizados en las instalaciones de la Comandancia de la Guardia Civil de Valladolid, en la Avenida de Soria, 3, desde el 7 de abril hasta el 9 del mismo mes.

En el apartado de conclusiones, el perito asegura que, mediante la diagnosis realizada de los sistemas electrónicos del vehículo, se determina que “el propietario se registra y da de alta en los sistema We Connect de Volkswagen, sin activar el sistema de navegación del vehículo”.

Apunta, además, que el 1 de febrero de 2022 “existe un primer borrado de eventos y averías” registradas mediante “la diagnosis electrónica de las diferentes unidades”. Añade, también, que “se intenta codificar una nueva llave en el vehículo sin éxito alguno no siendo posible por el tipo de llave” y siendo necesaria “la petición de llave MQB2 al fabricante precodificada y posterior codificado con máquina de diagnosis oficial”.

Ese 1 de febrero “se intenta programar la unidad de motor, sin éxito alguno, quedando registrado en la unidad electrónica” y el perito apunta además que “se realiza un borrado intencionado de los diferentes eventos y averías relacionados con la manipulación electrónica, impidiendo saber y recopilar información en las fechas del hecho investigado”. “Se requiere de un técnico con altos conocimientos en materia de electrónica del automóvil”.

Además, apunta que “se realiza un segundo borrado de eventos y averías intencionado en la unidad de motor a fecha del 2 de abril a las 11.05:06 horas, con 11.449 kilómetros, en la que se detecta en el cuadro de instrumentos mediante la pérdida de comunicación con el mismo. Se realiza un borrado con máquina de diagnosis estándar con protocolo de comunicación estándar (OBDII)".

El informe presentado por el perito y tras ser recibido por la jueza, ha sido puesto en conocimiento del Ministerio Fiscal este mismo martes, 11 de octubre.

La información del caso

La hermana de Esther López, Inés, ha solicitado al Juzgado que “tome medidas de prudencia” que en el Derecho considere oportunas en relación con el acceso identificado a la causa de los funcionarios y el acceso síncrono de todas las partes a las notificaciones y, tome especialmente medidas sobre el acceso de la prensa a algunas resoluciones con anterioridad a la fecha de notificación a las partes, en un escrito fechado a 3 de octubre de 2022.

La magistrada que lleva el caso ha contestado a la petición de la hermana asegurando que “siempre se ha observado y se observa escrupulosamente y en todo momento la reserva de las diligencias de instrucción y respeta el principio de igualdad de todas las partes personadas” y llama a que si las partes tienen conocimiento de alguna conducta condenable “no ha de demorarse en denunciarlo para poder proceder “conforme dispone el invocado artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.