Catedral de Salamanca

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Un departamento del Obispado de Salamanca recopila información sobre posibles abusos de curas a menores

23 junio, 2021 11:36

La Iglesia católica está decidida a impedir que se vuelvan a repetir nuevos casos de abusos sexuales protagonizados por sacerdotes. Buena prueba de ello es el caso de la Diócesis de Salamanca, que puso en marcha en mayo de 2020 una oficina para la recepción de informes en relación a posibles conductas constitutivas de abusos sexuales de clérigos a menores. La oficina en cuestión tiene su sede en el despacho del secretario particular del obispo. Para el desempeño de esta tarea se ha designado al sacerdote y juez diocesano Francisco Delgado Hernández, según los datos oficiales de la propia Diócesis de Salamanca y que se pueden consultar en su página web.


Con la labor que viene desplegando esta oficina se atiende a la disposición planteada por el Papa Francisco en el documento 'Motu Propio'-'Vos estis lux mundo-Vosotros sois la luz del mundo', que fue promulgado por el Pontífice el 7 de mayo de 2019, en el que se pide que se establezcan los procedimientos dirigidos a prevenir y combatir los delitos de abuso sexual.

En el decreto de creación de esta oficina ratificado por el obispo de Salamanca, Carlos López, se precisa que según lo dispuesto en el 'Motu Propio', "cualquier persona puede presentar un informe sobre las conductas de abusos sexuales a menores". Se añade, también, que “se procurará exponer los hechos de la forma más detallada posible, con indicación de tiempo y lugar de los hechos y de las personas involucradas o con conocimiento de los mismos, así como cualquier circunstancia que estime útil para la valoración de los hechos”.

La Diocésis salmantina recalca en relación a este espinoso asunto que las informaciones recibidas "tienen que estar protegidas y ser tratadas de modo que se garantice su seguridad, integridad y confidencialidad”. Este documento también recuerda que el hecho de presentar un informe, “no es una violación del secreto de oficio“, y que la persona que hace un informe “no puede ser obligada a guardar silencio sobre su contenido”, y “ni ella misma puede ser sometida a presiones, represalias o discriminaciones”