Papeletas de color verde para elegir alcaldes pedáneos

Papeletas de color verde para elegir alcaldes pedáneos ICAL

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Papeletas de color verde, ¿para qué sirven en las elecciones en Castilla y León?

Este próximo domingo en algunos lugares de la Comunidad tendrán dos urnas

25 mayo, 2023 16:26

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El próximo domingo 28 de mayo es el momento de votar en las elecciones municipales. En 13 de las 17 comunidades de España habrá que elegir además de alcaldes, presidentes autonómicos. En este caso, en Castilla y León no se celebrarán, ya que fueron el pasado año por el adelanto de convocatoria puesto en marcha por Fernández Mañueco. Por este motivo, la mayoría de los castellanos y leoneses tendrán que introducir en las urnas la papeleta de color blanca para elegir a los alcaldes y concejales.

Eso sí, en algunos lugares de Castilla y León los votantes comprobarán que existe una papeleta de color verde. ¿De qué es? Es sabido que la blanca es para elegir concejales, el sobre de color sepia es para las papeletas de las elecciones autonómicas, en este caso donde toque; en su día habrá también sobre de color azul para los diputados para el Parlamento Europeo. ¿Y el verde?

Pues se trata de las pedanías. Es decir, esas 2.208 entidades locales menores que no llegan a ser municipios y que dependen de otros. Se trata de un núcleo de población pequeño y con pocos habitantes que depende de un municipio y que está bajo la jurisdicción de un alcalde o de un juez. Dos existen en Ávila, 643 en Burgos, 1.226 en León, 223 en Palencia, 19 en Salamanca, 17 en Segovia, 55 en Soria, nueve en Valladolid y 14 en Zamora. En este caso, si ha habido alguna candidatura, los electores contarán con las papeletas y sobres de color verde, además de las blancas previstas para los municipios.

Los Alcaldes Pedáneos son elegidos directamente por los vecinos de la correspondiente entidad local por sistema mayoritario mediante la presentación de candidatos por los distintos partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores.

El proceso consiste en que cada partido o agrupación de electores puede presentar una lista con tres o cinco candidatos, depende la población. Cada elector puede dar su voto a un máximo de dos entre los candidatos proclamados en la entidad local menor correspondiente, y posteriormente se efectuará el recuento de votos obtenidos por cada candidato.

Finalmente, serán proclamados electos aquellos candidatos que obtengan mayor número de votos hasta completar el número de miembros de la Junta Vecinal, con la circunstancia de que en caso de empate se resolverá por sorteo.

En estos lugares, la Junta de Castilla y León explica que los ciudadanos que no dispongan de colegio en su pedanía y quieran votar pueden solicitar a su ayuntamiento el servicio de transporte, que lo gestionará con la delegación territorial de la Junta en cada provincia, para fijar los horarios si no lo han hecho ya.