El vicepresidente de Castilla y León, Juan García-Gallardo, ante el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, en el Parlamento regional.

El vicepresidente de Castilla y León, Juan García-Gallardo, ante el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, en el Parlamento regional. Efe

Región

De vicepresidente sin cartera al todopoderoso control del Gobierno: García-Gallardo asume nuevas atribuciones

El Bocyl publica la creación de la Comisión Delegada del Gobierno, una suerte de 'supraconsejería' con la que García-Gallardo podrá coordinar la actuación de varias consejerías, fijar los límites de ayudas a empresas y las bases del diálogo social, entre otras muchas competencias

27 mayo, 2022 11:05

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Que el vicepresidente de la Junta de Castilla y León, Juan García-Gallardo, no tiene cartera, ha sido motivo de crítica para gran parte de la oposición, que ha acusado al líder de Vox de no asumir responsabilidades a efectos prácticos en el recién inaugurado gobierno autonómico con el Partido Popular. Incluso dirigentes populares se lo han echado en cara. "Es el único vicepresidente sin cartera", le espetaba Isabel Díaz Ayuso hace unos días.

Sin embargo, que no tenga cartera no impide que el socio de Alfonso Fernández Mañueco asuma importantes atribuciones, como ya anunció semanas atrás, especialmente en materia de fiscalización y control incluso de las actuaciones de consejerías que no están en manos de Vox, sino del PP.

Hoy el Boletín Oficial de Castilla y León publica la creación y regulación de la Comisión Delegada del Gobierno, que presidirá García-Gallardo. Se trata de una nueva figura que reemplaza y deroga a la ya existente Comisión Delegada para Asuntos Económicos creada en 2019 y que hasta la fecha presidía el consejero de Economía y Hacienda, Carlos Fernández Carriedo. Una suerte de 'megaconsejería' que coordinará y supervisará la acción de otras.

Según reza el Bocyl, la reorganización departamental de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, efectuada mediante el Decreto 1/2022, de 19 de abril, del presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, ha venido a establecer el “necesario ajuste de las estructuras administrativas para el ejercicio de las políticas públicas” con el objetivo fijado en lograr “un nivel óptimo en el ejercicio de la acción de gobierno.

Esta nueva Comisión Delegada del Gobierno estará presidida por el vicepresidente, y el consejero de Economía será el vicepresidente. Formarán parte también los consejeros de la Presidencia, Industria, Medio Ambiente, Agricultura y el viceconsejero de Transformación digital.

El decreto deja bien claro que las funciones de esta comisión serán “coordinar la actuación de varias consejerías, facilitando el estudio de los asuntos y la adopción de los acuerdos relativos a las cuestiones que las pudieran afectar en las materias sobre las que ejerce sus atribuciones”. Así, la comisión “conocerá, previamente al inicio de su tramitación”, los programas de inversiones públicas de carácter plurianual que posteriormente serán aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León; los planes y programas autonómicos, tanto generales como sectoriales, así como los proyectos, actuaciones estratégicas y operaciones significativas con implicaciones en el desarrollo económico de la Comunidad, con independencia del instrumento formal en el que se plasmen.

También conocerá los proyectos de disposiciones generales y anteproyectos de ley, con incidencia en los ámbitos económico, financiero, de desarrollo rural, tributario, estadístico o presupuestario; los programas operativos comunitarios, los programas de desarrollo rural y sus modificaciones; los planes estratégicos de subvenciones de las consejerías, organismos o entes; las actuaciones u operaciones significativas relativas a las posibles fuentes de financiación autonómica, en particular las alternativas a la financiación proveniente de la Unión Europea; los precios que deban ser aprobados por el Consejo de Gobierno; la creación, participación, privatización, extinción o modificación del régimen jurídico de empresas o fundaciones por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

De igual forma, la Comisión conocerá en primera instancia la adquisición o pérdida de la condición de accionista mayoritario o la adquisición y enajenación de participaciones significativas en empresas o fundaciones, por la Administración de la Comunidad de Castilla y León; los acuerdos con representantes del personal con efectos significativos en los presupuestos generales de la Comunidad; los convenios de colaboración con implicaciones en el desarrollo económico autonómico en los supuestos en los que sea preceptiva la autorización de la Junta de Castilla y León; las convocatorias de ayudas reembolsables o de préstamos a proyectos empresariales.

Asimismo, corresponde a la Comisión Delegada del Gobierno, con carácter ejecutivo, y previa su tramitación ante la Comisión de Secretarios Generales, fijar los límites cuantitativos de las ayudas y subvenciones a la inversión dentro del límite máximo de compromisos presupuestarios plurianuales; conceder las garantías otorgadas mediante aval de la Administración General de la Comunidad y, en su caso, determinar las comisiones que devenguen los avales otorgados; informar la propuesta de la Consejería competente en materia de hacienda relativa al importe máximo de las operaciones de endeudamiento de la Comunidad a formalizar en el ejercicio; autorizar la concesión por los entes públicos de derecho privado y por cualquier otro ente integrante del sector público autonómico de préstamos, avales y garantías por importe superior a un millón de euros.

En el plano laboral, le corresponde fijar las bases de negociación, preacuerdos y autorizar los acuerdos significativos con organizaciones sindicales y sociales, que tengan como objeto compromisos del diálogo social, dentro de los límites derivados del cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y sin perjuicio de las competencias de la consejería competente en materia presupuestaria. También conceder las autorizaciones previstas en el artículo 113 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León en los supuestos en los que no estén implícitas en otras autorizaciones de la Junta de Castilla y León y, para finalizar, “cualquier otra función que se le atribuya”.