Acaba de publicarse un libro del que es autor Manuel Marchena, magistrado del Tribunal Supremo y expresidente de su Sala segunda de lo Penal, con el llamativo e inquietante título 'La justicia amenazada' (Espasa. Mayo 2025). Y no le faltan razones a Marchena para justificar el citado rótulo a la vista de los resultados y acontecimientos recientes, presentes y venideros.

En efecto, Marchena dedica unas interesantes páginas al actual tema del aforamiento de diputados y senadores entre otros, y denomina con contundencia a esta clase política como una “casta blindada frente a la investigación judicial”. Y así es, ya que el aforamiento así los blinda.

Dicho esto, llama la atención o debería llamarla en este chillerío en que se ha convertido la información judicial, el continuo y permanente bombardeo de las conversaciones telefónicas de los afectados por el escándalo que se reproducen en los medios audiovisuales y escritos y entre las que aparecen las de un diputado, Santos Cerdán.

Ante ello, nuestro citado Marchena realiza una afirmación que viene al caso que comentamos, “la intervención de dispositivos electrónicos de comunicación telefónica o telemática… (se refiere a la de los parlamentarios), en tales casos, la autorización del Congreso es presupuesto de legitimidad de cualquiera de esas decisiones de injerencia. La adopción de una de esas medidas sin haber cursado con anterioridad el suplicatorio generaría la nulidad de esos actos de investigación”.

Pues bien, la situación ha cambiado, ya que el citado Santos Cerdán acaba de renunciar a su acta de diputado, por lo que, siguiendo de nuevo a Marchena, la pérdida de esa condición supone que “en estos casos, el delito imputado por el juez podrá ser objeto de inculpación y procesamiento una vez el sospechoso haya perdido la condición de diputado o senador”. Sin embargo, si lo realizado hasta ahora respecto al Sr. Cerdán es nulo, una vez perdida su condición de aforado puede volverse a empezar la investigación respecto a él, pues de lo contrario todo lo que le ha incumbido cuando era parlamentario no tiene validez jurídica.

De no hacerse así, puede correrse el riesgo de que por mucho que se publiquen y difundan las famosas conversaciones, no tienen eficacia alguna desde el punto de vista jurídico penal, y si no se convalidan de nuevo una vez perdido el citado aforamiento de diputado.

Otra cosa es la repercusión política que esa sí es imparable, como estamos viendo por los distintos posicionamientos del Gobierno y sus aliados y la oposición y en cuyo debate valen poco las disquisiciones jurídicas.

En definitiva, todo este galimatías, que tanto está dando que hablar, podría quedar en eso, en mucho ruido y en pocas nueces, aunque estas puedan ser muy enjundiosas, por lo ya señalado.