Montaje de Juan Manual Lorente y una familia en su mudanza.

Montaje de Juan Manual Lorente y una familia en su mudanza. Tiktok / Canva / Mejorada con IA

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Juan Manuel, abogado: "Si te mudas y cambias de residencia tienes derecho a un día de permiso retribuido"

Se trata de un derecho reconocido en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.

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"La empresa te debe un día de permiso retribuido que nadie lo pide y no lo entiendo", señala el abogado Juan Manuel Lorente en sus redes sociales (@juanmalorentelaboralista).

No se trata de un asunto de bondad, sino más bien de ignorancia.

Conocer tus derechos laborales es fundamental para disfrutar de mejoras que van mucho más allá de los permisos típicos por enfermedad, nacimiento o de unas simples vacaciones.

Hablamos del permiso por mudanza o cambio de residencia, un derecho disponible de todo trabajador por cuenta ajena que está amparado en el Estatuto de los Trabajadores.

"Sí te mudas y cambias de residencia tienes derecho a un día de permiso retribuido", afirma el abogado laboralista.

Además, recomienda revisar el convenio colectivo ya que, en muchos sectores, este día de permiso retribuido puede aumentarse.

De hecho, entre los sectores con convenios que establecen varios días de permiso por mudanza se encuentra la hostelería y restauración (con dos días), los funcionarios (con dos días) o la banca (otros dos días de permiso por mudanza).

"El hecho de poder estar un día sin trabajar pero cobrando para poder reorganizar tu vida, bajo mi punto de vista, viene estupendamente", afirma.

Por ello, sugiere tenerlo en cuenta y reclamarlo como corresponde si tienes programada una mudanza próximamente.

@juanmalorentelaboralista 📨 Manda MD con la palabra “Consulta” si necesitas asesoramiento. #trabajo #laboralista #permiso ♬ sonido original - JuanmaLorente_Laboralista

¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores?

"La persona trabajadora podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración de un día por traslado del domicilio habitual", establece el artículo 37.3 del Estatuto.

Es decir, el permiso de un día por mudanza.

Además, la normativa refleja como única obligación del trabajador el comunicarlo a la empresa debidamente y, posteriormente a su disfrute, justificarlo.

Según el despacho de abogados 'Toro', lo habitual es "informar con al menos 48 horas de antelación, aunque puede variar según convenio".

Además, como documentos acreditativos se puede solicitar copia del nuevo empadronamiento, un nuevo contrato de arrendamiento o la escritura de compraventa en caso de mudarse por comprar una nueva vivienda.

"La solicitud debe ser clara, formal y enviada dentro del plazo que indique el convenio o, en su defecto, con antelación razonable", matizan desde el despacho.

Multas de hasta 7.500 euros

Incumplir las normas en materia de tiempo de trabajo y permisos es una infracción grave según el artículo séptimo de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

Las multas que llevan aparejadas este tipo de infracciones abarcan desde los 751 euros, en el menor de los grados, hasta los 7.500 euros para los casos más graves.

En cualquiera de los casos, conocer tus derechos y revisar el convenio colectivo aplicable resulta una práctica fundamental antes de realizar este tipo de trámites.