Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo.

Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo. Imagen de archivo

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Entró en vigor: los trabajadores con hijos menores de 12 años pueden reducir su jornada laboral por conciliación

Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) un 17,1% de las personas con hijos menores de 15 años utilizaron servicios para el cuidado de sus hijos por falta de conciliación.

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En España, llegar puntual al trabajo y, al mismo tiempo, recoger a los hijos del colegio sigue siendo una auténtica carrera contrarreloj para muchas familias.

Al menos, así lo reflejan los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

De hecho, apenas un 29% de los trabajadores asegura tener facilidades para conciliar la vida familiar y profesional, y el 17,1% de las personas con hijos menores de 15 años utilizaron habitualmente servicios profesionales para el cuidado de sus hijos por el mismo problema.

Por eso, conocer y saber exigir las medidas de conciliación reconocidas por la ley resulta fundamental, especialmente para los cabezas de familia con hijos de edad inferior a los 12 años.

Una de estas herramientas es la adaptación de la jornada laboral, un derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores, la principal normativa laboral en España.

Según recoge su artículo 34.8, los empleados "tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo".

Además, la ley añade que "en el caso de que tengan hijos o hijas, tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplan doce años".

Esto significa que, sin necesidad de reducir horas, un trabajador puede reorganizar su jornada. Por ejemplo, un padre con un hijo de 11 años, previa solicitud a la empresa, podría entrar más tarde al trabajo para poder llevarlo al colegio.

Reducción de jornada con hijos menores de 12 años

El Estatuto no solo contempla la adaptación de jornada, también permite reducirla.

En los casos en los que se cuide a un menor de doce años, se puede solicitar una reducción de jornada. Eso sí, esta irá acompañada de una reducción proporcional del salario.

La ley establece que la reducción debe ser, como mínimo, de "un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella", según el artículo 37.6. del Estatuto de los Trabajadores.

En términos prácticos, esto supone una reducción de entre un 12,5% y un 50% de la jornada laboral.

Por ejemplo, en una jornada de 40 horas semanales, reducir un octavo implicaría trabajar 35 horas. Si el salario es de 2.000 euros al mes, pasaría a ser de 1.750 euros.

Solicitud

Para solicitar la reducción de jornada, el trabajador debe avisar con al menos 15 días de antelación, o el plazo que establezca el convenio colectivo. En la solicitud se debe indicar claramente la fecha de inicio y finalización de la reducción.

Si no hay acuerdo con la empresa y esta comunica su negativa o disconformidad, el trabajador dispone de 20 días para acudir a la jurisdicción social.

Este procedimiento tiene carácter urgente y se tramita de forma preferente.

Conocer tus derechos laborales y saber cómo aplicarlos marca la diferencia a la hora de conciliar. Es la clave para cuidar de tus hijos como corresponde sin tener que renunciar a tu desarrollo ni a tu rendimiento profesional.