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Ya ha entrado en vigor: ayudas de hasta 7.000 euros para favorecer el relevo de empresas sin heredero

Se trata de una subvención del Gobierno de Aragón que tiene por objeto fomentar el relevo generacional.

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La falta de relevo generacional es uno de los principales problemas que tienen las empresas familiares y las pequeñas y medianas empresas (PYMES) no sólo en Aragón, también en el resto de España.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), más del 70% de las PYMES en España son familiares y tan sólo 1 de cada 3 consigue superar la segunda generación.

En el caso de pequeños oficios o de empresas no familiares que estén estrechamente vinculadas a su creador, el riesgo de morir con el fin de su actividad es mucho mayor.

Con el firme propósito de favorecer este relevo generacional, el Gobierno de Aragón tiene en vigor una subvención que, según el organismo, pretende "facilitar la continuidad del negocio más allá de la vida laboral de su promotor y fomentar la transmisión de la actividad empresarial mediante su traspaso".

Eso sí, esta subvención no está dirigida a todo el mundo. Para ser beneficiario hay que cumplir una serie de requisitos:

  • Estar dado de alta como autónomo (o en la mutualidad correspondiente) antes de solicitar la ayuda, y figurar en el censo de empresarios.

  • La persona que toma el negocio debe estar desempleada e inscrita como demandante de empleo al menos desde el día anterior al alta como autónomo.

  • Contar con un plan de empresa del proyecto.

  • El traspaso debe producirse por jubilación, fallecimiento o incapacidad permanente del titular anterior.

  • El negocio debe tener más de 3 años de antigüedad desde que el nuevo titular se da de alta como autónomo.

  • El nuevo titular debe mantener la misma actividad y el mismo local.

  • No pueden pasar más de 6 meses entre la baja del antiguo titular y el alta del nuevo.

  • El traspaso debe formalizarse mediante contrato en escritura pública, indicando en todo caso el relevo como objeto del contrato, el valor de los bienes transmitidos y, si aplica, mercaderías y fondo de comercio.

Importe de la subvención

Dependiendo del perfil del beneficiario, las ayudas serán de 5.500 euros para hombres y de 6.000 euros para mujeres, llegando a los 7.000 euros en el caso de ser víctima de violencia de género o de una persona que padece una discapacidad.

Adicionalmente, estas cuantías se incrementarán en un 10% cuando se trate de un joven menor de 30 años, de una persona desempleada de larga duración o en el caso de que el traspaso tenga lugar en municipios con menos de 5.000 habitantes.

¿Hasta cuándo se podrá solicitar?

En vigor desde el 8 de enero de 2026, la ayuda podrá solicitarse hasta el 30 de octubre del mismo año, teniendo un plazo de resolución de aproximadamente 3 meses.

Sin relevo, muchos negocios bajan la persiana; con apoyo, pueden abrir una nueva etapa y convertir el final de una historia en el comienzo de otra.