Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo.

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo. Eduardo Parra / Europa Press

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Es oficial: el permiso de 20 horas para formación sólo es válido para los trabajadores con un año de antigüedad

Viene recogido en el artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores.

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¿Quién dice que es incompatible estudiar y trabajar al mismo tiempo? Probablemente nadie afirmará que sea sencillo, eso está claro, y menos aún cuando se trata de empleos con jornadas partidas, donde resulta difícil mantener la productividad fuera del horario laboral.

Sin embargo, hay una buena alternativa si llevas cierto tiempo trabajando en la misma empresa y deseas seguir formándote.

Así lo refleja el artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores, la norma por excelencia a la que acudir cuando se tienen dudas sobre cualquier aspecto de las relaciones laborales por cuenta ajena en España.

Específicamente, el precepto señala que "los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación profesional para el empleo".

Asimismo, las horas de este permiso se pueden acumular hasta un total de 5 años, por lo que en realidad el trabajador por cuenta ajena puede disfrutar de hasta 100 horas de permiso pagado para formarse.

Condiciones

Hay un límite claro a la hora de hacer valer este derecho. No es válida cualquier formación, esta debe estar "vinculada con la actividad de la empresa".

En otras palabras, si trabajas en el departamento de marketing y deseas aprender sobre redes sociales, al estar ligado con la actividad que desempeñas en la empresa, puedes acogerte a este permiso retribuido de 20 horas de formación. En cambio, si lo que deseas es hacer un curso sobre fontanería, por ejemplo, perderás este derecho y deberás hacerlo en tus horas libres.

Por otro lado, si la empresa ya te da formación dentro de su propio plan de trabajo (o la que se ha acordado en el convenio), ya cumple con darte ese derecho. Aunque en este caso no cuenta la formación que sea obligatoria por ley (por ejemplo, cursos de prevención de riesgos laborales que la empresa debe pagar sí o sí).

A la hora de acordar cuándo cuadrar esas 20 horas de permiso en tu jornada de trabajo y el convenio no diga nada al respecto, serán el trabajador y la empresa los que deban ponerse de acuerdo en cómo hacerlo.

Normas como esta suponen un 'win-win' tanto para el empresario como para el trabajador, ya que, independientemente de faltar unas horas al trabajo, este puede desarrollarse en la misma empresa y, por ende, ser más productivo y eficiente para esta.