Vista de la sierra que rodea Alcoy.
Absuelven a dos promotores de Alicante a los que pedían daños por 52 millones de euros
La sentencia estima que no hay pruebas de infracciones legales por la gestión realizada en complejos residenciales como el de Serelles.
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Absueltos. Así finaliza un intenso proceso judicial de más de 55.000 folios que debía resolver si unos promotores de la provincia de Alicante eran responsables de daños por 52 millones de euros.
La sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante deja libres de cargos a los administradores concursales de la promotora inmobiliaria Luxender S.L.. La empresa Artemisa Granatensis había demandado a estos para reclamarlos esa cantidad como responsabilidad civil por supuestos daños y perjuicios económicos.
A través de 298 páginas el magistrado considera que algunas de las pretensiones de los demandantes están prescritas y en cualquier caso ninguna de ellas se sustenta porque no han acreditado los daños ni las infracciones legales.
La valoración del juez, hecha pública este lunes, puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial. En ella se imponen las costas del pleito, en algunos casos con declaración de temeridad, a los demandantes.
¿Qué es lo que había pasado? Luxender SA se creó en 1994 y promovía, entre otras actuaciones urbanísticas, un complejo residencial en la partida de Serelles, en Alcoy. En 2008 entró en concurso de acreedores.
Ese proceso se dilató mucho en el tiempo, pasando hasta por cuatro etapas "con relevos sucesivos y coexistencia de varios administradores". En 2021 se cerró la fase de liquidación.
El juicio llegó tres años más tarde para resolver este procedimiento. Eso ha obligado al magistrado a examinar casi dos décadas de relaciones mercantiles, concursales y societarias entre Luxender S.L. y su filial Artemisa Granatensis, S.L., y los distintos administradores concursales que intervinieron.
Tras ese análisis de un volumen de las actuaciones que podría alcanzar los 55.000 folios, el magistrado ha desestimado tanto la acción civil individual, que está prescrita, como la acción colectiva incluidas en la demanda, cuantificadas en 23,4 y en 29 millones de euros, respectivamente.
Según recoge la sentencia, "Luxender no fue una empresa víctima del sistema concursal, sino el eje de una arquitectura societaria" integrada por otras sociedades como Artemisa y dirigida por su socio mayoritario.
"Sobrevivir a toda costa"
Y ahí el magistrado deja claro por qué se había podido extender durante trece años el concurso de acreedores ya que el socio mayoritario era quien "controló todos los resortes del procedimiento y utilizó la figura del concurso como un paraguas protector frente a sus propios acreedores" con la finalidad de "sobrevivir a toda costa".
"El proyecto urbanístico de Serelles, concebido en los años de euforia inmobiliaria, se había desplomado con la crisis. Las obras, infladas en costes y sostenidas por expectativas políticas y financieras irrealizables, se convirtieron en una carga imposible de asumir", precisa el juez.
"En ese contexto", concluye el magistrado, "la aparición de Edificaciones Artemisa Granatensis, S.L. no respondió a una lógica de continuidad empresarial, sino a una estrategia de supervivencia: convertir el fracaso de Luxender en un crédito contra la masa a favor de una sociedad controlada por el mismo grupo para salvar todo lo que fuera posible".