Marta Gonzálvez junto a su hijo Aitor, disfrutando de un helado, en una imagen cedida a este diario.
Condenan a dos médicas por el homicidio imprudente de Aitor, el niño de 8 años que murió de peritonitis en Elda
La Fiscalía ve negligencia en los actos de las facultativas, quienes han sido sentenciadas a dos años y a un año de prisión respectivamente por los hechos ocurridos en 2020.
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Cinco años después de la trágica muerte de Aitor, un niño de 8 años que falleció en Elda de peritonitis en 2020 por negligencia médica, las facultativas que lo debían tratar han sido condenadas por homicidio imprudente.
El juzgado de Lo Penal 2 de Alicante considera a las enjuiciadas, las facultativas del hospital de Elda M.R.R. y del centro de salud de Petrer M.B.S., responsables del fallecimiento del menor.
La sentencia recoge que su falta de derivación urgente al hospital cuando aún podía salvar la vida aumentó las probabilidades de muerte en un 70 %.
La pediatra M.R.R. ha sido condenada como autora de un delito de homicidio por imprudencia grave previsto y penado en el art. 142.1m párrafo 4º del Código Penal, sin concurrir circunstancias modificativas de su responsabilidad criminal, a la pena de 2 años de prisión.
Así como a la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión médica por tiempo de 3 años y 6 meses.
Por su parte, la también pediatra M.B.S., ha sido condenada por el mismo delito a la pena de 1 año de prisión y a la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión médica por tiempo de 3 años.
Como responsables civiles, tendrán que indemnizar en 180.000 euros, aproximadamente, a los padres y familiares de Aitor.
Negligencia
Los hechos ocurrieron a partir del 24 de octubre de 2020 cuando el pequeño, Aitor E.G., empezó a sufrir dolor abdominal en la casa familiar de Petrer, donde vivía con su abuela materna y su pareja, quienes tenían cedida la custodia por parte de la madre, y éstos le llevaron al centro de salud de esta población.
Desde allí le dirigieron al cercano hospital de Elda, donde le diagnosticaron dolor abdominal sin signos de alarma con vómitos por posible inicio de un virus y recibió el alta, pero los vómitos siguieron y los abuelos lo volvieron a llevar al ambulatorio el día 26.
De allí lo derivaron de nuevo al mismo hospital, donde la pediatra encausada M.R.R. no reflejó en su informe varios síntomas, como la frecuencia cardíaca, ni tampoco pidió pruebas como una ecografía abdominal ni la preceptiva analítica sanguínea.
La fiscalía ve "mala praxis" por esta falta de pruebas y porque la médico recomienda volver a Urgencias "si el niño vomita mucho", cuando ya lo hacía a razón de 7 u 8 veces diarias, y también porque sugiere que sea controlado por su pediatra cuando éste ya lo había derivado en dos ocasiones al hospital.
Dos días después y pocas horas antes de fallecer, el día 28 de madrugada, ante la persistencia de los dolores los abuelos volvieron a llevar al pequeño Aitor al ambulatorio de Petrer donde la segunda enjuiciada, la también pediatra M.B.S., no realizó exploración física alguna ni le tomó las constantes vitales ni la tensión ni la frecuencia cardíaca.
La representación legal, ejercida por la abogada alicantina Raquel Navarro, pidió en un primer momento una pena de 21 años de prisión para cada médica, o subsidiariamente homicidio imprudente agravado, con 6 años de privación de libertad, o imprudente grave, con 4.