Reunión del Cecopi el 29 de octubre.
La jueza de la dana requiere a À Punt "todas las grabaciones de imagen y sonido" de la reunión del Cecopi del 29 de octubre
La radiotelevisión valenciana anunció esta semana que aportaría el material cuando se requiriese.
Más información: Una acusación de la dana pide a la jueza que requiera un vídeo del Cecopi que grabó un cámara de la Generalitat
À Punt aseguró que lo haría, y el momento ha llegado. La jueza que investiga la causa de la dana ha pedido a la radiotelevisión autonómica valenciana, a Emergencias de la Generalitat y la productora contratada que aporte "todas las grabaciones de imagen y sonido" de la reunión del Cecopi el día 29 de octubre.
Desde la entidad afirmaron esta misma semana, el 17 de septiembre, que entregarían los brutos de cámara del Cecopi en el día de la dana "cuando se los requiera".
Ahora, en un plazo de tres días, À Punt deberá aportar a la jueza dichas grabaciones, que pasarán a formar parte de la investigación.
Uno de esos documentos mudos de vídeo, es decir, un segmento audiovisual con imagen cuyo audio no está autorizado a emitirse, ha sido de especial trascendencia durante los últimos días.
El vídeo fue emitido por RTVE la semana pasada, y en él se revelaba algunas instrucciones que la exconsellera de Emergencias Salomé Pradas dio durante la tarde del 29 de octubre para el envío del Es-Alert.
En dos autos hechos públicos por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la jueza de Catarroja se hace eco de unas recientes declaraciones del conseller de Emergencias, Juan Carlos Valderrama, en las que "alude a la voluntad de facilitar" las referidas grabaciones.
Valderrama ofreció públicamente a la investigación todas las imágenes grabadas por la productora contratada por SGISE (Sociedad Valenciana de Gestión Integral de los Servicios de Emergencias).
Igualmente, varias acusaciones instaron a la instructora a requerir de forma oficial las referidas imágenes a la productora contratada por Emergencias aquella jornada.
La jueza recuerda que ya solicitó documentación, grabación o acta de la reunión del Cecopi y que desde Emergencias, el pasado mes de marzo, se respondió que "no se levantan actas ni se graban las sesiones", motivo por el cual "no constaba soporte documental alguno".
En su auto detalla que "ha de ponderarse, como hacía el auto de 12 de septiembre de 2025, la relevancia de la aportación a la causa, no solo de las imágenes, sino también del sonido, dado que es objeto de investigación el momento de remisión del Es-Alert, su contenido, el proceso de decisión y la posible participación en dicho proceso de otras personas que no ostentan la condición de investigados".
"Se ha de partir de igual modo de la gravedad de los hechos objeto de la presente instrucción: la pérdida de 229 vidas y los lesionados, y que dichas grabaciones constarían presuntamente en poder de un ente público, con la consiguiente obligación del mismo de colaboración en la investigación de un procedimiento penal".
Según afirma, en las imágenes que grabó À Punt y que emitió RTVE la semana pasada se muestra "que se daban instrucciones en presencia de periodistas, por lo que ninguna confidencialidad se otorgó al proceso de decisión por parte de los integrantes, habiendo asistido incluso al Cecopi, o estando conectadas telemáticamente, personas que afirman y que han afirmado no ser miembros del mismo, como el presidente de la Diputación de Valencia y la vicepresidenta primera del Consell", Vicent Mompó y Susana Camarero, respectivamente.
Secreto profesional
En un segundo auto, la jueza analiza el motivo por el cual À Punt no difundió el audio de la grabación del interior de la reunión del Cecopi, fundamentado básicamente en el secreto profesional.
"Ha de ponderarse en primer lugar, en el acceso a las grabaciones, el carácter de medio público de À Punt, la existencia de un procedimiento penal, la ponderación de los intereses en conflicto y el contenido de las grabaciones aportadas hasta el momento", recoge para citar la ley de la Corporación Audiovisual de la Comunitat Valenciana y añadir que "la grabación emitida por RTVE permite dar una información veraz de lo sucedido".
Además, cita jurisprudencia para insistir en que existe una "relevancia comunitaria" de esos datos, de modo que "en el conflicto entre la información y un caso de tal gravedad (...) debió primar la íntegra aportación de las grabaciones, con imagen y sonido, estando plenamente legitimada la entidad pública para la difusión desde el punto de vista del medio informativo".
"La grabación pública contradecía declaraciones prestadas en sede judicial", insiste la jueza. Y señala que el vídeo que emitió RTVE (con el audio del Cecopi) ya ha sido incluido en la causa "sin que se haya producido la violación de ningún tipo de derecho fundamental de los periodistas, que habrían cumplido con la obligación de difundir una información que afecta a la población y que se desconocía pese al tiempo transcurrido desde la dana".