El exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. Rober Solsona / Europa Press

El exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. Rober Solsona / Europa Press

Valencia

La defensa de Emilio Argüeso niega hostigar a la jueza de la dana e insiste en citar a agentes de la Guardia Civil

El abogado del ex secretario autonómico de Emergencias considera que la magistrada quiere "victimizarse" para justificar sancionarle de manera "ilícita".

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El abogado del ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, considera que la jueza que instruye la causa penal por la dana del 29 de octubre quiere "victimizarse de forma maniquea" para justificar sancionarle de manera "ilícita" después de que el letrado pidiera información para saber si su marido había participado en el interrogatorio de algunas víctimas.

Así lo expone el letrado en un recurso, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, dirigido a la magistrada encargada de investigar la riada del pasado 29 de octubre, y en el que pide que se revoque el auto en el que considera que procede la sanción contra él.

El abogado del exnúmero dos de Emergencias, José María Bueno Manzanares, pidió que la Letrada de Administración de Justicia (LAJ) del juzgado certificase si era cierto que algunas víctimas de la dana habían sido interrogadas por el marido de la magistrada, tal y como publicaba un medio de comunicación digital.

Ante esta solicitud, la magistrada propuso estudiar una sanción contra él por sugerir que su marido participaba en interrogatorios. El letrado considera que en esa resolución de la jueza, se le "menosprecia, insulta" y se le adjudican intenciones y comportamientos que "jamás" ha tenido.

Al respecto, el letrado recuerda que la magistrada sostenía en su resolución que, con la petición a la LAJ, el abogado intentaba acreditar que el procedimiento lo dirigía su esposo y señalaba que quería cambiar el objeto del litigio para que se investigara a ella misma y a su marido.

Frente a ello, el abogado tilda estas manifestaciones de "conjetura incorrecta". "No hubo ánimo injurioso o menoscabador de su categoría y del respeto que me ha de merecer cualquier magistrado, ello solo se puede entender con una mala, cuando menos, interpretación", apostilla.

De esta manera, ve un "dislate" que la magistrada piense lo que querían decir es que ella no era capaz de llevar el procedimiento por sí misma, "al igual que lo de que ello supone un menoscabo a su condición de mujer", apunta

"Si la titular de este juzgado fuera hombre y en prensa hubiera aparecido que su esposa había participado como tal en la causa, hubiéramos hecho lo mismo. De hecho, es indiferente, a nuestro juicio, que sea el esposo o no, lo grave es si realmente un juez ajeno a la causa ha dirigido interrogatorios y participado en actos de esta causa sin habilitación 'ad hoc'", insiste.

"Pretender decir que ello es un ataque a la titular del juzgado como mujer, es sinceramente victimizarse de forma maniquea e indebida para poder justificar una ilícita y antijurídica sanción", lamenta.

"Conjeturas y sospechas"

Por ello, estima que la resolución impugnada "se convierte en un borbotón de ideas, conjeturas y sospechas que se afirman como hechos probados, sarcasmo sobre manifestaciones que ha hecho este letrado, veladas imputaciones de cosas que han sucedido extramuros de este proceso a este letrado, etc".

"Puedo entender que Su Señoría, como persona que es, se sienta molesta por noticias en prensa, porque le hayamos presentado sendas quejas las defensas en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), porque no le guste lo que han dicho varias víctimas a la prensa, o porque piense que estoy identificado con tal o cual acusador frente a ella, mas ello no le da derecho a sancionarme", añade.

A su entender, "el tremendo y gran poder que el Estado le da a los jueces hace que se deba administrar con mesura y prudencia, y las sanciones e imputaciones deben basarse al menos en alguna prueba o indicio, no en meras elucubraciones".

Guardias Civiles

Por otro lado, el letrado insiste en la necesidad de que declaren en el juzgado los guardias civiles que emitieron el informe sobre la dana para ratificar y ampliar sus valoraciones.

A su juicio, "que el resultado del informe no se corresponda con lo deseado por Su Señoría no es óbice para la admisión de la prueba, máxime en este tribunal en el que la magistrada llama en numerosas ocasiones a peritos sin pericia alguna a fin de que informen de lo que las partes desconocen, puesto que no hay pericia de base".

"Se da un trato desigual a los peritos de la Guardia Civil que a otros peritos establecidos de oficio por Su Señoría", manifiesta.

El letrado critica que la magistrada, para inadmitir la prueba, "hace unas afirmaciones categóricas como que a la Aemet se desconectó de la reunión CECOPI mientras se trabajaba por el CECOPI y que hubo muchos avisos de lluvia de la CHJ". "Esta parte discrepa de todo ello, y quiere probar justamente lo contrario", insiste.

Y estima: "Su Señoría hace en los fundamentos impugnados una serie de declaraciones más propias de un auto de apertura que uno en que se deniega una prueba".