Carlos Mazón. Rober Solsona / EP
El TSJ valenciano rechaza el recurso de Compromís para acceder a las llamadas de Mazón el día de la dana
La coalición también quería conocer el registro telefónico de 8 consellers y la Sala reconoce que se vulneró el derecho a la información que tenía el grupo parlamentario.
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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado el recurso interpuesto por el portavoz de Compromís contra la negativa del Consell a facilitar las llamadas del presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, el día de la dana.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo también niega el acceso a una copia de la grabación de las cámaras de seguridad de ese día ubicadas en el acceso o salida del Centro de Coordinación de Emergencias en l’Eliana (Cecopi).
Aunque el tribunal considera "vulnerado el derecho fundamental" del recurrente a la participación política "por la falta de motivación de las respuestas del Consell", los magistrados creen que estas solicitudes de documentación resultaban "desproporcionadas o indiscriminadas".
Asimismo, también estima que podrían afectar a otros derechos como el secreto de las comunicaciones o la protección de datos personales de terceros, de la misma manera que considera el Ministerio Fiscal.
"No puede accederse, por existir un límite al mismo en el derecho al secreto de las comunicaciones, a la entrega inmediata de las copias de los registros de llamadas del móvil del presidente de la Generalitat y de los consellers solicitado en el suplico de su demanda", precisa la Sección Cuarta del TSJCV en la sentencia.
En cuanto a la copia de las grabaciones de las cámaras de seguridad del Centro de Coordinación de Emergencias, alcanza el Tribunal la misma conclusión al dictaminar que la petición resulta "excesivamente extensa e imprecisa" y puede colisionar con "el derecho a la protección de datos de otros ciudadanos".
El grupo parlamentario Compromís, conviene recordar, había reclamado a la Mesa de Les Corts el registro de llamadas de Mazón, pero también de otros ocho consellers del Gobierno valenciano.
En particular, de la vicepresidenta y consellera de Servicios Sociales, Susana Camarero; la consellera de Hacienda, Ruth Merino; la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas; el conseller de Sanidad, Marciano Gómez; y el conseller de Educación, José Antonio Rovira.
La coalición también pidió el registro de llamadas del conseller de Agricultura, Miguel Barrachina; del conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, Vicente Martínez Mus y de la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, Nuria Montes.
Cinco sentencias
Junto a estos dos pronunciamientos, la Sala también ha emitido otras tres sentencias en las que estima total o parcialmente sendos recursos de Compromís.
Los magistrados consideran en todos los casos que se ha vulnerado el derecho fundamental de los parlamentarios a la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos a través de sus representantes.
También el acceso en igualdad de condiciones a funciones y cargos públicos consagrados en el artículo 23 de la Constitución Española.
Entienden que las respuestas dadas por el Gobierno valenciano a las solicitudes de los dos diputados autonómicos, Joan Baldoví e Isaura Navarro, carecen de una motivación suficiente y no recogen "razones fundadas en derecho" para su denegación.
Navarro interpuso tres recursos en los que pedía acceso a diferente documentación: la transmitida por el Servicio Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ).
En segundo lugar, las convocatorias para asistir al Cecopi realizadas al gerente de la Sociedad de Gestión Integral de los Servicios de Emergencias (SGISE) y, en tercer lugar, un informe firmado por el subdirector general de Emergencias sobre la llegada del presidente de la Generalitat al Cecopi el 29 de octubre.
Las cinco sentencias dictadas y notificadas este jueves por el Alto Tribunal autonómico pueden ser recurridas en casación ante el Supremo.