El ex número dos de Emergencias Emilio Argüeso. Biel Aliño / EFE
La Audiencia de Valencia confirma la imputación del ex secretario autonómico Emilio Argüeso por la dana
Los seis magistrados defienden la resolución de la jueza, aunque recuerdan que se debe establecer que la omisión de su deber hubiera cambiado el resultado de las muertes.
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La Audiencia de Valencia ha confirmado la imputación del exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso en una resolución conocida este lunes.
Un total de seis magistrados de la Sección Segunda de la institución concluyen que la resolución de la jueza de la dana de investigarlo "no es irrazonable ni arbitraria".
El tribunal ha desestimado así el recurso de apelación presentado por Argüeso contra el auto de su declaración como investigado, al que se adhirió la Fiscalía pidiendo su desimputación.
La Audiencia recuerda que el nivel de suficiencia de los elementos incriminatorios exigibles en las resoluciones "varía según las distintas fases del proceso" (…) y la llamada a declarar como investigado "debe situarse en ese momento inicial".
La Sala repasa la Ley 4/17 de la Generalitat por la que se crea de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) y el Decreto 122/2017, por el que se aprueba el reglamento orgánico y funcional de ese órgano.
Y concluye tras su análisis de esta legislación que "no estaríamos en el supuesto señalado por el Ministerio Fiscal, y que no es irrazonable ni arbitraria a partir de lo expuesto (teniendo en cuenta cuál es el objeto de la investigación) la decisión de la jueza de tomar declaración como investigado al recurrente".
"No es una foto fija"
"Ello sin perjuicio de que la posición de garantía no es una ‘foto fija’, sino que debe encuadrarse en el marco del proceso decisional objeto de investigación y, por lo tanto, se deberá estar a su resultado”, precisa.
Igualmente, argumenta que para la toma de declaración del investigado "tampoco es necesario" que se haya determinado la totalidad de las muertes objeto de la investigación, en respuesta a otro de los argumentos expuestos en el recurso de apelación.
Los magistrados advierten no obstante de que, aun teniendo en cuenta la fase procesal en la que se halla la causa, la investigación "no debe limitarse a identificar que se ha infringido un deber especial y relatar un conjunto de fallecimientos".
En su opinión, "debe verificarse si es posible establecer (…) que la ejecución de la conducta (cuya omisión se atribuye) habría interrumpido el nexo causal” y el resultado que se achaca a esa omisión "no se habría producido".
La Audiencia de Valencia ya confirmó el 19 de junio la imputación de la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas, quien junto con Argüeso son, por el momento, los únicos dos investigados en esta causa abierta por las 228 muertes y las lesiones ocurridas en las inundaciones por la dana.