Niebla en el puente de Rande.

Niebla en el puente de Rande. Shutterstock

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Audasa, condenada a pagar parte de los peajes abonados durante las obras del puente de Rande (Pontevedra)

La compañía deberá pagar la mitad del peaje correspondiente a los días en los que las obras afectaron a la circulación del tráfico

Información relacionada: El Supremo condena a Audasa a devolver los peajes abusivos cobrados durante las obras del puente de Rande

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La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a Autopistas del Atlántico S.A (Audasa) a devolver de forma parcial los peajes que pagaron usuarios de la AP-9 durante las obras de ampliación del puente de Rande (Pontevedra) y de los accesos a O Morrazo y del barrio vigués de Teis, realizadas entre 2015 y 2018.

En concreto, la sala ha concluido que "la devolución del precio solo procede en aquellos casos en que la entidad demandada incumplió sus obligaciones", es decir, cuando las obras afectaron "a la fluidez del tráfico y, a pesar de ello, no informó debidamente a los usuarios".

De esta forma, el tribunal ordena a Audasa a abonar a los demandantes la mitad del peaje correspondiente a los días catalogados como "negro, rojo o amarillo", según un informe de la DGT. "Siempre que se justifique con las facturas aportadas", apunta la Audiencia de A Coruña.

Ahora bien, los magistrados no comparten el criterio de las personas y empresas afectadas "de que el mero hecho de la existencia de las obras justifique el incumplimiento contractual y, en consecuencia, se pueda considerar que el incumplimiento abarcó todo el periodo de realización de las obras".

La sentencia manifiesta expresamente que el "incumplimiento" se produjo solo cuando "las obras afectaron a la fluidez y prestaciones propias de la autopista". Sobre todo cuando Audasa no informó "con la antelación suficiente" para evitar atascos o escoger una ruta alternativa.

"Ni rebajó el precio del peaje"

En esta línea, el tribunal critica que Audasa "mantuvo exactamente la misma conducta ajena de la debida diligencia" durante todo el periodo de obras, sin reaccionar a "atascos, retrasos, incidencias graves y menos graves, quejas de los usuarios, repercusión en la sociedad, en los medios de comunicación y en las instituciones".

"Ni rebajó el precio del peaje ante esa merma en el servicio, compensando a los usuarios por la defectuosa prestación que estos iban a tener que soportar", subrayan los magistrados, que remarcan que "no es admisible que la contraprestación sea la misma" cuando el servicio era "deficiente".

Así, el tribunal de A Coruña concluye que Audasa "cumplió defectuosamente sus obligaciones" y "causó un desequilibrio en las prestaciones entre los contratantes", así como un "evidente perjuicio" a los usuarios. El fallo no es firme, la compañía puede recurrir ante el Tribunal Supremo.