El acusado en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, a 12 de mayo de 2025, en Vigo, Pontevedra, Galicia (España)

El acusado en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, a 12 de mayo de 2025, en Vigo, Pontevedra, Galicia (España) Adrián Irago - Europa Press

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Confirmada la condena de 15 años de cárcel al acusado en Vigo de asesinar al hombre con el que convivía

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado las alegaciones del condenado, que recurrió en base a una supuesta vulneración de la presunción de inocencia

Más información: Condenado a 15 años de cárcel el acusado de asesinar en Vigo a un okupa con el que convivía

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El Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) ha confirmado la condena de 15 años de prisión impuesta a F.R.M. como autor del asesinato de un hombre con el que convivía. Los hechos ocurrieron en julio de 2023, en el exterior de una casa abandonada de Vigo.

El órgano judicial ha publicado la sentencia este miércoles, que ratifica lo dictado en mayo por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo. De este modo, desestima las alegaciones del ahora condenado, que recurrió en base a una supuesta vulneración de la presunción de inocencia y la denegación de pruebas.

Como explica Europa Press, el TSXG da por probado que el acusado atacó a la víctima con un cuchillo que había cogido del interior del inmueble y se lo clavó cuatro veces con la intención de acabar con su vida. "Dado el profundo estado de embriaguez de la víctima y lo inesperado del ataque, no tuvo posibilidad de repeler la agresión", relató la Audiencia Provincial.

También da por acreditadas las pruebas en las que se basaron los hechos probados, tales como los datos de localización de los teléfonos móviles, las imágenes de las cámaras, las pruebas de ADN del cuchillo y la sangre del fallecido en la ropa y las manos del acusado.

Alegaciones desestimadas

En la apelación, el recurrente alegó la vulneración de su derecho a la presunción de la inocencia, ante lo que el TSXG cree que fue "ponderado por el jurado de forma racional" y explicado "correctamente en su veredicto". También desestima la solicitud de modificar la cualificación jurídica de asesinato a homicidio.

En relación a la alegación por denegación de pruebas, el acusado se refería al examen del frotis de las manos de un testigo para comprobar si había restos de orina, a la prueba de esfuerzo de él mismo y al cotejo de fibras de ropa en las uñas de la víctima.

El tribunal considera que la solicitud fue inadecuada "en forma y fondo", dado que no fueron solicitadas en el momento adecuado y que resultan "inútiles". También argumenta que estas peticiones obedecen a "un deseo de dilatar el procedimiento".