Fachada de un edifcio

Fachada de un edifcio Shutterstock

Inmobiliario

Ya es oficial: no puedes cambiar la persiana de tu piso según el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal

Cualquier modificación en tu vivienda privada que altere o modifique algún elemento común necesita una autorización previa de la comunidad de vecinos y obtener la votación positiva de las tres quintas partes del edificio.

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Si vives en una comunidad de vecinos, debes tener en cuenta ciertas normas al tomar decisiones sobre tu vivienda. Acciones como hacer obras o tener una mascota pueden generar conflictos, especialmente si afectan a otros propietarios o a elementos comunes.

Antes de modificar cualquier elemento común del edificio, incluso dentro de tu propia vivienda, es necesario consultar con la comunidad. La estética exterior pertenece al edificio, por lo que cambios en persianas, balcones o ventanas deben contar con autorización previa.

¿Qué se considera elemento común?

El artículo 396 del Código Civil define qué partes del edificio se consideran elementos comunes y, por tanto, requieren autorización previa de la comunidad antes de realizar cualquier modificación.

Entre otros, señala: "Las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores".

Por ello, si el cambio de persianas altera la imagen exterior de la fachada, es obligatorio comunicarlo y solicitar autorización previa a la comunidad de vecinos. Además, los artículos 7 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establecen límites claros y exigen acuerdos vecinales antes de cualquier intervención visible desde la vía pública.

Tal y como recoge el artículo 7.1 de la LPH, "el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario".

Asimismo, en caso de alterar algún elemento común, añade: "Debes dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad". Esto implica que reformas pequeñas, si son visibles, deben comunicarse antes de llevarse a cabo. No está permitido instalar persianas diferentes al resto del edificio ni modificar la estética del balcón sin autorización.

Por ejemplo, si todas las viviendas tienen las persianas instaladas por el interior de las ventanas, no se pueden cambiar estas al exterior, ya que supondría una alteración de la fachada. Del mismo modo, el cierre de balcones o terrazas también requiere permiso previo de la comunidad.

Además, la ley indica: "En el resto del inmueble (fuera del piso privado) no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador".

Por último, se establece que: "El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes".

¿Cómo aprobar estas modificaciones?

Si el artículo 7 habla de los límites que tienes como propietario individual a la hora de hacer modificaciones, el artículo 17 de la LPH menciona cómo debe llevarse a cabo la votación para que puedas efectuar dichas obras.

El artículo 17.3 dice: "El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirán el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación".

Teniendo esto en cuenta, no solo debes informar, sino que debes conseguir un voto favorable de la comunidad de vecinos para poder realizar dichos cambios en tu vivienda privada que afectan a elementos comunes.