Deducción del IRPF en Galicia en el ejercicio 2025
Es oficial: la deducción de hasta 2.400 euros por hijo en la Renta 2025-2026 si vives en Galicia
Entre 300 y 2.400 euros por hijo en función de la base imponible total menos el mínimo personal y familiar, y del número de hijos que se tenga
Más información: Ya es oficial: la lista completa de las deducciones del IRPF en Galicia en el ejercicio de 2025
El próximo 8 de abril comienza la Campaña de la Renta y Patrimonio 2026, correspondiente al ejercicio fiscal de 2025, que finalizará el 30 de junio. Desde este miércoles, miles de contribuyentes podrán presentar las declaraciones a través de internet, desde el 6 de mayo por teléfono y desde el 1 de junio presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Con el fin de evitar errores y aprovechar todas las ventajas fiscales, es importante conocer las deducciones y beneficios a los que se puede acceder en Galicia. Una de ellas está vinculada con el nacimiento o adopción de hijos, que te permite ahorrar entre 300 y 2.400 euros en tu Renta, siempre y cuando cumplas con una serie de requisitos.
Deducción de hasta 2.400 euros por nacimiento o adopción de hijos
La deducción por nacimiento o adopción en Galicia es una medida fiscal que puede suponer un importante ahorro en la Declaración de la Renta para las familias gallegas. Si has tenido un hijo o hija, ya sea por nacimiento o adopción, es conveniente que conozcas este beneficio, ya que puede ayudarte a reducir la carga fiscal.
El importe que puedes deducir dependerá de una serie de factores: tu base imponible total menos el mínimo personal y familiar, y el número de hijos que tengas.
| Base imponible total menos el mínimo personal y familiar | Primer hijo | Segundo hijo | Tercer hijo o más |
| Menor o igual a 22.000 euros | 360 euros | 1.200 euros | 2.400 euros |
| Mayor o igual a 22.000,01 euros | 300 euros (360 € si es parto múltiple) | 300 euros (360 € si es parto múltiple) | 300 euros (360 € si es parto múltiple) |
Ten en cuenta que estas cuantías pueden aumentarse en un 20% en el caso de que vivas en municipios gallegos de menos de 5.000 habitantes y en los resultantes de procedimientos de fusión o incorporación.
Además, no solo se aplica al primer año de nacimiento, sino también a los "dos períodos impositivos siguientes al de nacimiento o adopción".
| Base imponible total menos el mínimo personal y familiar | Primer hijo | Segundo hijo | Tercer hijo o más |
| Menor o igual a 22.000 euros | 360 euros | 1.200 euros | 2.400 euros |
| Entre 22.000,01 euros y 31.000 euros | 300 euros | 300 euros | 300 euros |
| Más de 31.000 euros | 0 euros | 0 euros | 0 euros |
Las cuantías fijadas para esta deducción se duplicarán en caso de que el nacido o adoptado tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Esta es toda la documentación que tienes que presentar para esta deducción, tal y como especifican los expertos de TaxDown:
- Libro de familia o certificado de nacimiento
- En caso de adopción, documentación que acredite el proceso legal
- Si optas a la deducción por zona despoblada, un certificado que justifique tu empadronamiento
- Y si tienes un hijo con discapacidad reconocida, asegúrate de presentar el certificado correspondiente