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Ratificada la condena al Puerto de Vigo por vulnerar la libertad sindical de una empleada

El TSXG ha reiterado la "nulidad" de un proceso de selección que no se hizo con transparencia, por lo que deberá indemnizarse a la delegada sindical
Grúas en el puerto de Vigo.
Grúas en el puerto de Vigo.
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de suplicación presentado por la Autoridad Portuaria de Vigo (APV) contra la sentencia del Juzgado del Social de la ciudad, que en diciembre de 2022 condenó el organismo estatal por vulnerar el derecho de libertad sindical al discriminar a una delegada de la CIG en un proceso interno. El TSXG ratifica tanto la "nulidad radical" de un nombramiento que "fue hecho a dedo", denuncia el sindicato, como la correspondiente indemnización a la trabajadora afectada.

En 2022, el Juzgado del Social número 5 de Vigo condenaba a la Autoridad Portuaria de Vigo por vulneración del derecho de libertad sindical de una trabajadora, estableciendo que el organismo debería pagar una indemnización a la afectada.

Según el fallo judicial, la Autoridad Portuaria abrió un proceso para un puesto de sustitución con categoría superior para el que la demandante se presentó, al cumplir los requisitos. Sin embargo, fue elegido otro compañero que no reunía tantas competencias para ello. Se considera que el hecho de que la trabajadora formara parte del comité de empresa se tuvo en cuenta para quedar excluida del proceso.

La sentencia, ahora ratificada, anulaba el nombramiento del trabajador resultante. Desde la CIG informaron que los criterios "cambiaron para dejar fuera a la representante de la central sindical, conculcando los principios de igualdad, mérito y capacidad".

El fallo judicial condenaba también al organismo público a abonarle a la afectada las diferencias salariales de todo el período que el trabajador nombrado estuvo desarrollando funciones de superior categoría.

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