José Carlos Eirín, condenado por el asesinato de Jéssica Méndez, en la vista de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
El condenado por asesinar a Jéssica Méndez en Barro (Pontevedra): "Lo más probable es que me quedase dormido"
La defensa de José Carlos Eirín ha solicitado en su recurso ante el Tribunal Superior dde Xustiza de Galicia (TSXG) su absolución o que se declare nula la sentencia condenatoria
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"Lo más probable es que me quedase dormido". Esta ha sido la alegación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de José Carlos Eirín, condenado a 22 años de cárcel por asesinar con su coche a Jéssica Méndez en Barro (Pontevedra) en marzo de 2022.
Absolución o, en su caso, nulidad de la sentencia han sido las cuestiones planteadas por su defensa ante el alto tribunal gallego en una exposición con la inclusión de nueve motivos; entre ellos, que no se permitiese a su cliente declarar al final, lo que, a su juicio, supuso indefensión.
También ha aludido a mensajes en el móvil de la víctima que para esta parte evidenciarían que no tenía "ninguna situación de vigilancia" por parte de su cliente. "No hay ánimo de matar", ha sentenciado.
Por su parte, la Fiscalía y la acusación particular han mantenido la postura de que no hay motivos para un cambio en la condena, y la última parte ha calificado como "cacería" lo ocurrido, mientras que el Ministerio Público ha rechazado que no declarar afectase al fallo contra Eirín.
El condenado ha calificado la relación con la víctima de "hola y adiós".m"En todo momento colaboré con la Guardia Civil y después en el juzgado, lo más probable es que me hubiera quedado dormido porque no vi el coche hasta el momento del impacto", ha añadido.
Argumentos del jurado
El Tribunal del Jurado consideró probado que sobre las 09:25 horas del 17 de marzo de 2022, en la carretera N-550, a la altura de la aldea de Constenla en Barro (Pontevedra), el acusado, "con el propósito de acabar con la vida de la víctima", dirigió "intencionadamente" el vehículo que conducía contra el de ella, que se encontraba detenido, aguardando para incorporarse a la N-550 desde una carretera secundaria.
Con respecto a la agravante por motivos de género, el tribunal popular entendió que "fue la indiferencia de Jéssica hacia la persona del acusado" lo que motivó los hechos. El jurado vio probada una situación de "control" y vigilancia previa, que se agravó cuando Jéssica inició una relación sentimental con el que era su novio en el momento de fallecer.