Las claves
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Desde hace semanas ha corrido la voz a través de las redes sociales que, a partir del presente mes de enero de 2026, había que declarar todos los pagos realizados por Bizum, pues podrían ser consideradas como donaciones los pagos entre particulares.
Esta información ha generado muchas dudas y preguntas entre los ciudadanos, y ante tal preocupación, el Gobierno ha salido al paso para confirmar que es falso, por lo que los Bizum entre particulares no tendrán que ser declarados.
Desde la Agencia Tributaria se asegura que se trata de informaciones incorrectas, al mismo tiempo que aclara que la nueva normativa que ha entrado en vigor solo afecta a los cobros recibidos por empresarios y profesionales, y no a aquellos bizums que se pueden enviar entre familiares o amigos.
Según el Real Decreto 253/2025, los bancos y plataformas de pago estarán obligadas a remitir con carácter mensual a la AEAT los datos de todas las operaciones por Bizum, sin límite de cantidad.
Sin embargo, hay que tener claro que es una medida que solo afectará a empresarios y autónomos y que es de aplicación desde el pasado 1 de enero de 2026. Este es un cambio con respecto a lo que sucedía hasta el momento, pues hasta ahora las entidades solo estaban obligadas a facilitar esta información si se superaba el límite de 3.000 euros.
A través de una nota aclaratoria, Hacienda ha asegurado que las informaciones que se están difundiendo en internet acerca de los pagos con Bizum son "incorrectas", destacando que la obligación recae sobre los bancos y las plataformas de pago, no así sobre los ciudadanos.
Los bizums entre particulares no se consideran donaciones
La nueva normativa solo afecta a los ingresos que se reciban por cuentas relacionadas con actividades económicas. Un pago entre amigos o familiares, independiente del método de pago elegido, se puede considerar donación, pero no será el banco quien deba declararlo, sino el donante.
En este caso debería ser el contribuyente quien, en caso, tendría que cumplir con las obligaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Por lo tanto, la consideración fiscal de una donación depende de las circunstancias reales del pago y no del medio que se utilice para hacer llegar el dinero a su destinatario, ya sea Bizum o cualquier otro.
Con la nueva norma, que, como decimos, solo afecta a empresarios y profesionales, sin límite de cantidad, el objetivo es garantizar que todas las transacciones estén registradas y evitar el fraude fiscal, sin perseguir los pagos e ingresos cotidianos.
Cuándo declarar los pagos por Bizum
A partir del 1 de febrero de 2026, con respecto a los cobros por Bizum de enero de 2026, las entidades bancarias tendrán que enviar información mensual de todos los cobros que reciban empresarios a través de tarjetas y sistemas de pago asociados a móvil, sin importar su cuantía.
Hasta el momento, solo debían informar cuando el volumen anual superaba los 3.000 euros por empresario o profesional. Con esta nueva medida, Hacienda quiere tener un mayor detalle acerca de lo que facturan realmente los profesionales y las empresas por medios digitales.
El Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, ha introducido modificaciones en la obligación de información tributaria por parte de los bancos, provocando que Hacienda tenga un mayor control sobre el fraude y los ingresos declarados.
En todo caso, hay que tener en cuenta que la empresa o autónomo no tiene que declarar los pagos electrónicos, ya que ya debe incluir sus ingresos en el IRPF o el Impuesto de Sociedades, según corresponda.
Por lo tanto, queda claro que los particulares no tienen que declarar sus pagos por Bizum, salvo que sean ingresos que procedan de una actividad económica, alquileres, ventas habituales o donaciones, caso en el que sí deberán hacerlo, incluso si lo reciben por transferencia u otro canal de pago.
Igualmente, los pagos que sean esporádicos, como para pagar una cena, un viaje o un regalo, sin ánimo de lucro o sin que sean pagos habituales, seguirán sin generar una obligación fiscal en 2026.
Cambios en Bizum en 2026
Una vez confirmado que no se vigilarán los pagos entre amigos y familiares, y que se deberán reportar todos los cobros en el caso de empresas y autónomos que sean recibidos por Bizum, hay que tener en cuenta el resto de cambios de Bizum para 2026:
- Límite de 10.000 euros: aunque no se van a vigilar todos los movimientos, sí que hay un límite a tener en cuenta, y es que, si se pagan más de 10.000 euros al año a través de Bizum, habrá que declararlos. Si no se supera esta cantidad, no habrá que declarar nada.
- Más de 10.000 euros con Bizum o de 25.000 con tarjeta: tanto si se superan los 10.000 euros anuales con Bizum como si se mueven más de 25.000 euros con una tarjeta bancaria, la entidad estará obligada a reportar estos movimientos a Hacienda para evitar el blanqueo de dinero.
- Bizum a otros países europeos: gracias a la alianza con EPI Company y EuroPA, se espera que en verano de 2026 sea posible empezar a enviar bizums a otros países del continente como Francia, Italia o Alemania.
- Pagos en datáfonos: Bizum quiere dar el paso para permitir el pago en datáfonos sin necesidad de tarjeta física ni NFC, solo con el número de teléfono. Por el momento no hay fecha para su implementación.
