Publicada

Las claves

El emprendimiento en España lleva cuatro años creciendo de forma sostenida; sin embargo, la intención de emprender no ha seguido la misma tendencia. Algunos de los motivos detrás de este desinterés, o miedo, por emprender son las barreras económicas y la burocracia.

El coste inicial y la falta de colchón económico suelen ser importantes barreras. Incluso el 42% de los emprendedores señala que dichos costes son uno de los principales obstáculos. Así, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) llegó a una solución.

Con el objetivo de impulsar el emprendimiento, el SEPE permite trabajar y cobrar la prestación por desempleo al mismo tiempo. No obstante, como todo, hay una letra pequeña en el contrato. Por ello, el abogado laboralista Sebastián Martínez lo explicó en sus redes sociales (@leyesconsebas).

Un "pequeño empujón"

"¿Puedes cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo? Sí, es una opción perfectamente factible", comenzó su vídeo el abogado.

Martínez señaló que "esto está pensado para aquellas personas que están en situación legal de desempleo y quieren darse de alta como autónomos". Ahora bien, esta no es una situación que pueda alargarse demasiado en el tiempo.

"Puedes compatibilizar por un periodo de nueve meses: estar dado de alta como autónomo y seguir cobrando la prestación por desempleo", manifestó el experto legal.

Esto, como continuó explicando el abogado, tiene la ventaja de que "puedes ir haciendo tus facturas, seguir facturando de forma normal y tener un soporte fijo mensual". Esta medida permite paliar el miedo de los emprendedores de 'si no sale bien lo pierdo todo'.

"Son nueve meses y sirve como un pequeño empujón para aquella persona que quiere emprender y no quiere perder su prestación por desempleo, porque le da miedo no facturar y quedarse muy corto a fin de mes", resumió Martínez.

Para poder acceder a esta condición, es preciso avisarle al SEPE en los 15 días hábiles siguientes al alta de autónomos, una vez pasado dicho plazo, ya no se pueden compatibilizar ambas actividades.

Por otro lado, mientras se compatibilizan dichas actividades, el beneficiario del paro no debe acudir a ofertas de trabajo para seguir recibiendo la prestación, ya que se entiende que está trabajando.

Si se termina la actividad como autónomo antes de que concluyan los nueve meses, se podrá seguir cobrando el paro.

Ahora bien, para beneficiarse de esta condición es preciso que el trabajador no se haya beneficiado de esta compatibilidad hace relativamente poco ni provenga directamente de un cese como autónomo.

Existen otras circunstancias en las que es posible compatibilizar el trabajo con la prestación de desempleo. Una de estas es con el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o completo que tiene una duración de 180 días, alrededor de cinco meses.

En este caso se debe notificar al SEPE con un contrato de trabajo y estando dado de alta en la Seguridad Social.

Así, para cobrar el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), es preciso tener una prestación reconocida de al menos 12 o 14 meses de duración y haber cobrado al menos nueve meses de esa prestación antes de compatibilizar.

Además, se exige no superar ciertos límites de salario con respecto al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), los cuales dependen de las condiciones de la prestación.

Con esto, se busca impulsar la productividad, el trabajo y el emprendimiento en España, buscando ofrecer a los españoles un colchón económico para llegar a fin de mes y sobrevivir en el proceso.