Las claves
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La planificación de una herencia suele ser un asunto que muchas familias posponen durante años. Entre el impacto emocional de pensar en la pérdida de un ser querido y la complejidad jurídica, es habitual dejarlo para más adelante.
Sin embargo, actuar con previsión no solo simplifica los trámites, sino que reduce de forma drástica el impacto fiscal. En España existe una fórmula completamente legal que permite evitar el impuesto de sucesiones al transmitir una vivienda entre padres e hijos.
Este método se basa en una figura jurídica reconocida desde hace décadas. Su aplicación es sencilla, está regulada por la ley y se formaliza ante notario.
Lo que sorprende a muchas familias es el resultado fiscal: si se hace correctamente, cuando los padres fallecen el impuesto de sucesiones sobre esa vivienda es cero. No por una exención especial, sino porque técnicamente ya no existe una herencia sobre la que tributar.
Transmitir la propiedad en vida
La clave es dividir la propiedad de un inmueble en dos: la nuda propiedad y el usufructo vitalicio. La ley permite que los padres donen la nuda propiedad en vida, reservándose el usufructo para seguir viviendo en la vivienda con total normalidad. La operación se firma ante notario y se inscribe en el Registro de la Propiedad.
Desde ese momento, el hijo pasa a ser propietario a efectos registrales. Los padres mantienen el derecho a disfrutar de la vivienda mientras vivan. No hay cambios prácticos en su día a día. La diferencia surge en el plano jurídico: la vivienda deja de formar parte del caudal hereditario.
Ese punto es decisivo. Cuando los padres fallecen, el usufructo se extingue automáticamente. El hijo consolida la plena propiedad, pero no se produce una transmisión hereditaria. Como la ley solo grava lo que se hereda al morir, si la vivienda ya está a nombre del hijo, no existe hecho imponible. No hay herencia; por tanto, no hay impuesto.
Este mecanismo no es una laguna legal. Está regulado tanto en el Código Civil como en la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La donación de nuda propiedad puede tener un impuesto asociado, pero en muchas comunidades está muy bonificado entre padres e hijos. En la práctica, suele ser una alternativa mucho más ventajosa que asumir un impuesto de sucesiones completo años después.
Por qué tantas familias desconocen esta opción
A pesar de su eficacia, esta estrategia sigue siendo poco conocida. La razón es cultural: hablar de herencias genera incomodidad y muchos lo asocian con mala suerte o con una pérdida de control sobre la vivienda.
También está extendida la idea de que las propiedades deben permanecer en manos de los padres “hasta que llegue el momento”. Ese enfoque, aunque comprensible, puede generar problemas fiscales importantes. Si el fallecimiento llega sin planificar, los herederos deben afrontar un proceso sucesorio completo y, en muchos casos, un impuesto elevado.
Esto ocurre especialmente en comunidades donde las bonificaciones son bajas o donde el valor de la vivienda ha crecido con los años. El resultado puede ser dramático: familias obligadas a vender la casa heredada solo para poder pagar el impuesto.
En cambio, cuando se transmite la nuda propiedad en vida, la carga emocional se reduce y el proceso es simple. La escritura notarial refleja la voluntad de los padres sin ambigüedades y todo se formaliza en pocas horas. Las familias que lo conocen destacan que evita conflictos y acelera trámites en momentos delicados.
Los expertos recuerdan que la falta de información lleva a muchas personas a pensar en la herencia demasiado tarde. Sin embargo, la ley no exige procedimientos complejos. Basta con acudir a un notario y donar la nuda propiedad. El Registro garantiza la titularidad y ofrece plena seguridad jurídica.
Más útil que para una sola vivienda
Aunque se aplica sobre todo a la vivienda familiar, esta estrategia también funciona con plazas de garaje, fincas rústicas, locales o determinadas participaciones de negocios. El efecto fiscal dependerá de cada comunidad autónoma, pero la estructura legal es la misma.
Planificar en vida también permite repartir el patrimonio entre varios hijos, evitar problemas de liquidez o asegurar que un inmueble concreto quede para una persona determinada. La ley ofrece herramientas suficientes para organizar un patrimonio sin esperar al testamento.
En un mercado donde el precio de la vivienda se ha revalorizado, este tipo de decisiones cobra aún más importancia. Los herederos pueden enfrentarse a impuestos altos por bienes adquiridos hace décadas. En algunos casos, la única salida es vender. Evitarlo es una de las razones por las que cada vez más familias adelantan la transmisión.
La normativa española permite estas operaciones con plena validez jurídica. La clave es informarse, actuar con tiempo y comprender que planificar no es un tabú, sino una forma de proteger a la familia cuando llegue un momento emocionalmente difícil.
