6 de julio de 2015. De las muchas fechas que marcan la corta historia de la prisión permanente revisable esa es quizás la más significativa. Fue la primera vez que un tribunal la aplicó a un acusado, solo cinco días después de su entrada en vigor. El pionero fue David Oubel, el monstruo de Moraña (Pontevedra), que mató a sus dos hijas, Candela (9 años) y Amalia (4 años), con una radial eléctrica y un cuchillo de cocina. Un tribunal fallaba por primera vez en España la máxima pena que ha conocido la democracia, tipificada en la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo de 2015. Lo que muchos han llamado cadena perpetua se encarnaba en aquel tipo fornido con barba cana, gafas y coleta que había cometido una atrocidad. Sería el primero de 15.

    El debate sobre esta pena había llegado casi dos años antes al Congreso de los Diputados. Fue en marzo de 2015 cuando se produjo la votación en la que saldría adelante una de las medidas estrella del entonces ministro de Justicia, Rafael Catalá. Resultado: 181 votos a favor y 138 en contra y dos abstenciones.

    Hizo falta año y medio de negociaciones y se incorporaron más de 400 de las 2.000 enmiendas presentadas a la norma. Pese a ello, la ley recibió el rechazo frontal de la oposición, con el PSOE a la cabeza. Bastó un mes para que los partidos de la oposición presentaran ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso frente a esta ley que tacharon de “inhumana” para arriba. Cinco años después ese recurso sigue sin fallo.

    No es la primera vez que ocurre que el TC dilata la resolución de un recurso de inconstitucionalidad. Normalmente esto no es fruto tanto de la polémica social que pueda concitar, sino de la dificultad para llegar a un acuerdo entre los magistrados del Tribunal”, explica Mar Antonino, docente de derecho constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid, y pone otros ejemplos: “Otros casos sobre los que aún no ha resuelto son la Ley Mordaza o el aborto. También la adopción por parte de los matrimonios homosexuales se hizo esperar”.

    “Hay que tener en cuenta que la declaración de inconstitucionalidad es una cuestión muy delicada pues supone declarar la nulidad de una ley que es expresión de la voluntad popular, el Tribunal Constitucional es consciente y por ello se autolimita y es especialmente cauto con sus intervenciones”, explica la también investigadora.

    Otra realidad política

    En este tiempo que dicha ley está pendiente de fallo por el TC, España ha cambiado de Gobierno y la composición de las Cortes es muy distinta a como era cuando se aprobó la polémica ley. Partidos como UPyD y Unió ya no tienen representación; Convergencia tiene nuevas siglas y líderes; Izquierda Plural vuelve a llamarse Izquierda Unida y está integrada en Unidas Podemos, que junto con el PSOE forma el primer Gobierno de coalición en España desde la Segunda República.

    El actual Gobierno tiene mayoría en la Cámara Baja para derogar la ley a la que se opuso años atrás. Sin embargo, el Ejecutivo de Pedro Sánchez prefiere esperar el fallo del Constitucional, que se hace de rogar. Otras leyes de la era Rajoy que dieron mucho que hablar, como la Ley Mordaza o la reforma laboral, tampoco han sido derogadas por el Gobierno que prometió hacerlo.

    La pregunta del millón ahora es: ¿Qué fallará el Constitucional sobre la prisión permanente revisable? La respuesta no es sencilla y se adentra en el terreno de la opinión. “Creo que tanto la declaración de inconstitucionalidad como la de constitucionalidad son plausibles. El derecho Constitucional no es casi nunca taxativo, la función del Tribunal Constitucional no es aplicar una norma concreta, sino interpretar el contenido (muchas veces general y ambiguo) de la Constitución, por lo que no es fácil predecir el sentido de sus sentencias”, explica Antonino.

    “En mi opinión la declaración de inconstitucionalidad es la que realmente se ajusta a los valores constitucionales y a los estándares del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre la prohibición de penas inhumanas”, opina. Es la pregunta que deben hacerse los magistrados del Constitucional: ¿Es la prisión permanente revisable una pena inhumana? Una vez más, la respuesta no es sencilla.

    El artículo 25 de la Carta Magna dice en su segundo punto que “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”. Entonces, ¿cómo se reinserta en la sociedad a alguien condenado a permanecer en prisión de forma permanente? Ahí entra en juego la tercera palabra de la cuestión: “revisable”.

    Reinsertar a un asesino

    El texto que regula la prisión permanente revisable dice en sus primeros párrafos que esta medida “de ningún modo renuncia a la reinserción del penado: una vez cumplida una parte mínima de la condena, un tribunal colegiado deberá valorar nuevamente las circunstancias del penado y del delito cometido y podrá revisar su situación personal”.

    De acuerdo con el TEDH, uno de los elementos importantes para determinar si una pena es o no inhumana es que la primera revisión no exceda de los 25 años de pena. “En la prisión permanente revisable se manejan plazos de 28, 30 y 35 años”, explica Antonino.

    Hay quien va más allá: ”La palabra revisable no la hace más humanitaria, ni hace que la pena sea más eficaz”, asegura Ana I., criminóloga y conocedora de cerca de la realidad penitenciaria en España. “La cadena perpetua no ha demostrado ser eficaz, de hecho, aumentar las penas hace que algunos crímenes salgan gratis”.

    La explicación: “Si una persona mata a alguien menor de 16 años, por ejemplo, ya estaría condenada a prisión permanente revisable. Matar a una segunda o a una tercera no aumentaría su pena”.

    Por tanto, explica la criminóloga, el efecto disuasivo no se cumpliría. Esto se ha demostrado muy claramente en Estados Unidos, donde la aplicación de la pena de muerte no se ha mostrado efectiva a la hora de disuadir de cometer un delito.

    “Desde el punto de vista de la psicología y la criminología, cualquier persona es reinsertable, aunque implica dedicar muchos medios. Es más, la persona reinsertada va a ser mucho más útil para la sociedad, sobre todo económicamente”.

    Por eso, ella se muestra taxativamente en contra de la prisión permanente revisable y explica que lo que faltan son medios para reinsertar a los presos en la sociedad, tal y como ha visto dentro de las cárceles españolas. “Los presos ven a un psicólogo cinco minutos al año”, lamenta. “La ley es una cosa y la realidad es otra muy distinta”.

    Por macabra que suene la idea, desde el punto de vista de la criminología y la psicología, es posible volver a ver a El Chicle, el asesino de Diana Quer, paseando libremente por las calles de Taragoña habiendo dejado atrás su terrible pasado. Es más, según la Constitución Española, es hasta deseable.

    Esta es la lista completa de los 15 acusados a prisión permanente revisable desde que esta vigente:

  • 1 de 14

    David Oubel, el monstruo de Moraña.

    Como ya hemos visto, solo habían pasado cinco días desde que entrara en vigor la prisión permanente revisable cundo llegó la condena en firme de David Oubel, el monstruo de Moraña (Pontevedra). Fue el primero en ser condenado a este tipo de pena.

    Mató a sus dos hijas, Candela (9 años) y Amalia (4 años), con una radial eléctrica y un cuchillo de cocina. Además, antes de matarlas, las drogó para que fuera más fácil. El asesino se había separado de su mujer y ambas niñas estaban bajo la custodia de la madre. Todo ocurrió cuando las menores se encontraban en casa del padre pasando las vacaciones.

  • 2 de 14

    Sergio Díaz, el carnicero de Icod.

    Sergio Díaz solo tenía 24 años en el momento de su condena. En 2016, mató a un hombre de 66 años de 30 puñaladas y varios golpes con objetos del mobiliario de la casa. La víctima era el abuelo de su novia.

    “Jaque mate”, dijo su exnovia, nieta de la víctima, tras el juicio. “Eso es lo que le dije cuando me iba, y espero que lo lea ahora también, porque esto es lo que le tiene que quemar hasta que salga de la cárcel. Hasta aquí llegaste y ahora lo que hiciste lo tienes que pagar. Jaque mate, Sergio”.

    Finalmente, su pena fue sustituida por 24 años de prisión por el Tribunal Supremo, al haberse aplicado incorrectamente dos circunstancias agravantes. 

  • 3 de 14

    Daniel Montaño, el profesor de saxofón.

    Daniel Montaño, profesor de saxofón en Vitoria, fue condenado en septiembre de 2018 por el asesinato de Alicia, una bebé de 17 meses de edad. Según el jurado, actuó con plena consciencia cuando mató a la pequeña arrojándola por el balcón y trató de matar también a su madre.

    Fue considerado culpable de los delitos de asesinato y tentativa de homicidio. Además, actuó de “manera intencional” y con alevosía y lo hizo “con medios y condiciones que impedían toda posibilidad de defensa” a sus víctimas.

  • 4 de 14

    Marcos Mirás, el parricida de Oza-Cesuras.

    Marcos Mirás, de la localidad coruñesa de Oza-Cesuras, se convirtió en el cuarto condenado a prisión permanente revisable tras matar a su hijo de 11 años de edad. Lo hizo en mayo de 2017 para vengarse del divorcio de su mujer, algo que sucedió 11 años antes.

    “Te voy a dar donde más te duele”, le dijo Marcos a su exmujer antes de asesinar a su hijo. La Policía, tras recibir la denuncia de su desaparición, fue a casa del parricida y éste se desmoronó delante de los agentes de seguridad. Entonces, los llevó hasta el lugar donde se encontraba el cadáver del niño.

  • 5 de 14

    Patrick Nogueira, el descuartizador de Pioz

    En uno de los casos más mediáticos, Patrick Nogueira fue condenado por el cuádruple asesinato en la localidad de Pioz, en Guadalajara. Acabó con la vida de sus tíos, Marcos y Janaina, y los hijos de ellos, María Carolina y David. Los cuatro fueron posteriormente descuartizados. Todo sucedió en septiembre de 2016.

    En el juicio se analizó el estado mental del descuartizador de Pioz. Se dictaminó que Patrick actuó en plenas facultades planeando el crimen desde días antes y controlando la situación en todo momento. Cumplió todo lo que había ideado.

  • 6 de 14

    Francisco Salvador, el primero de violencia de género

    El caso de Francisco Salvador se convirtió en el primero de violencia de género que entraba en prisión permanente revisable. En enero de 2017, este vecino de Huércal de Almería entró en casa de su pareja, la violó amenazándola con un cuchillo, le propinó más de 100 golpes y le mutiló la lengua.

  • 7 de 14

    Enrique romay, el asesino de Pilas

    En marzo de 2017, Enrique Romay fue condenado a prisión permanente revisable por intentar violar y posteriormente asesinar a una mujer en la localidad sevillana de Pilas. Según la sentencia, intentó forzarla sexualmente y, al no conseguirlo, optó por acabar con su vida.

    Fue condenado además a pagar una indemnización de 254.880 euros al marido y los dos hijos de la fallecida, y le impone la pena de prohibición del derecho de residir en el lugar en el que viven o trabajen los familiares de la víctima.

  • 8 de 14

    José Rafael García, el parricida de Mora

    En mayo del año pasado, José Rafael García, de la localidad toledana de Mora, era condenado a esta pena tras haber asesinado a su mujer, quien padecía la enfermedad de Ménière, un trastorno del oído interno que causa mareos y pitidos.

    En la sentencia se señalaron los agravantes de discapacidad y parentesco. Además, le inhabilitaron para ejercer la patria potestad de la hija que ambos tenían en común.

    El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha anuló la sentencia el 3 de diciembre de 2019 y ordenó la repetición del juicio al considerar que no estaban probados los hechos que se le imputaban. 

  • 9 de 14

    Roberto Hernández, el violador de su hija

    En agosto de 2017, este hombre de Valladolid acabó con la vida de su hija de cuatro años, Sara, tras haberla estado violando y maltratando de manera continuada en el tiempo.

    En el juicio también se condenó a su mujer y madre de la hija a 28 años de cárcel. A él se le consideraba el autor mientras que a la progenitora la condenaron por la omisión de ayuda.

  • 10 de 14

    Ana Julia Quezada, la asesina de Gabriel Cruz.

    La primera mujer de este listado es Ana julia Quezada. Fue condenada a la máxima pena el 30 de septiembre de 2019, por el asesinato de su hijastro, Gabriel Cruz.

    La mujer, de origen dominicano, fue acusada de un delito de asesinato con alevosía con la circunstancia agravante del parentesco.

  • 11 de 14

    Mounir Ayad, el parricida de Alcobendas.

    Mounir Ayad asesinó en 2017 a su pareja Rakel y al hijo de esta, Markel, en Alcobendas (Madrid). Fue condenado en noviembre de 2019 por ambas muertes. 

    La sentencia de su caso detalla un especial ensañamiento con sus dos víctimas, a las que propinó numerosas puñaladas. El prpio acusado reconoció los hechos al poco del crimen. 

  • 12 de 14

    José Enrique Abuín, el Chicle

    Otro de los casos más mediáticos que incumben a la prisión permanente revisable. El Chicle violó y asesino a la joven Diana Quer en la madrugada del 21 al 22 de agosto de 2016. Diana estuvo en paradero desconocido 497 días.

    La investigación demostró que el chicle la violó durante cerca de una hora antes de matarla y tirar su cuerpo a un pozo. Fue condenado el 17 de diciembre de 2019

  • 13 de 14

    Gonzalo, el ensañado de Tenerife.

    Gonzalo S.C. es el último condenado a prisión permanente revisable en España. Su sentencia llegó el 14 de febrero de este año al quedar probado que mató a golpes a su tía (y pareja) discapacitada. 

    El acusado siempre negó el crimen, pero los familiares de la víctima relataron al tribunal los malos tratos que sufría de su sobrino. 

  • 14 de 14

    Ada de la Torre y Pablo Catalán

    Hay dos personas en este trágico listado cuyo aspecto no ha trascendido a los medios de comunicación. Son Ada de la Torre, condenada el 27 de diciembre de 2019 por asesinar a su hija de 9 años, y Pablo Catalán, condenado el 7 de marzo de 2019 por asesinar y violar a una mujer. 

    Estos dos nombres completan la lista de los 15 condenados a prisión permanente revisable en España.