Brais Cedeira Marta Espartero

El 26 de abril, cerca de la una y cuarto de la tarde, el magistrado José Francisco Cobo se sentó en el centro del estrado de la sala 102 de la Audiencia Provincial de Navarra para leer el veredicto final a un proceso de casi dos años. Entonces leyó la condena: 9 años de cárcel para cada uno de los cinco miembros de 'La Manada'. Absolución del delito de agresión sexual. Absolución del delito contra la intimidad de la víctima por la grabación de las imágenes. Condena a los cinco miembros de 'La Manada' a nueve años de cárcel por abusos sexuales. Han pasado casi dos meses. Prenda y sus cuatro compañeros podrán quedar en libertad provisional en las próximas horas. 

Los cinco quedan a la espera de pagar la fianza indicada. El proceso para conseguir su libertad, aunque de momento solo sea de forma provisional, comenzó minutos después de conocerse la sentencia. En los pasillos del juzgado, el abogado Agustín Martínez Becerra revoloteaba por los corrillos de los periodistas, anunciando que ya estaba preparando el recurso a la sentencia. Lo iba a hacer apoyándose sobre todo en el voto particular del juez Ricardo González, el magistrado que optaba por la absolución.

En los días siguientes, los abogados de la joven anunciaron que también ellos interpondrían recursos a la sentencia. La condena había de ser por agresión sexual, no solo por abusos. 

La Audiencia de Navarra decreta libertad provisional para La Manada

A la espera de la vista ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, los cinco miembros de 'La Manada' están, por el momento condenados en conjunto a 45 años de cárcel. Apenas han cumplido dos años cada uno de ellos. Tendrán que comparecer en el juzgado de guardia de su localidad (Sevilla) todos los lunes, miércoles y viernes. Se les prohíbe además acceder a la Comunidad de Madrid. Se les prohíbe mantener contacto con la víctima.

Se les ha retirado el pasaporte. No pueden salir del territorio español si no es bajo la autorización de un juez. 

A lo largo de la semana pasada, los abogados de ambas partes fueron presentando sus respectivos escritos ante el juez. Los abogados defensores, para pedir su puesta en libertad. Los de la acusación, para exigir que siguieran encerrados. Los primeros aducían que, como la condena todavía es provisional y no existe riesgo de fuga, no tenía sentido que continuasen en la cárcel. Los segundos detallaban que, puesto que ya había condena de por medio, no cabía la posibilidad de ponerles en libertad. Finalmente,, los cinco podrán, si depositan la fianza, regresar a Sevilla.

Los hechos probados de la sentencia

Para llegar hasta este punto, es preciso recordar alguno de los pasajes de la sentencia que condena a 'La Manada'. Es preciso recordar también cómo Francisco Cobo y Raquel Fernandino, los dos jueces que condenaron a los sevillanos, describieron algunos pasajes realmente escalofriantes. Pertenecen al apartado de lo que la parte mayoritaria de la sala, o sea, la que emite la sentencia, considera hechos probados. Una de esas escenas tiene lugar en el interior del portal de Paulino Caballero.

Allí, la joven fue dirigida a un lugar recóndito y angosto, con una sola salida bloqueada por Prenda y el resto de los integrantes de La Manada. Todos eran mucho más mayores que ella, mucho más fuertes. La “se sintió impresionada y sin capacidad de reacción”. Alguien comenzó entonces a desabrocharle la riñonera que lleva anudada en el torso. Alguien le quitó el sujetador. Alguien le arrebató el jersey atado a la cintura y se lo tiró al suelo.

Dice la sentencia:

- “Uno de los procesados acercó la mandíbula de la denunciante para que le hiciera una felación y en esa situación, notó como otro de los procesados le cogía de la cadera y le bajaba los leggins y el tanga”.

La chica sintió un inmenso agobio, desasosiego, un tremendo estupor. El juez lo reconoce: “Le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad , determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera , manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados”.

“Como un objeto”

Dentro del cubículo, se desató el horror y la bajeza moral. Mientras todo sucede, la víctima permaneció con los ojos cerrados. No hay diálogo, ni intercambio de palabras. Durante la mayor parte del tiempo su actitud es pasiva. “En ningún momento adopta ninguna iniciativa para la realización de actos de contenido sexual. No apreciamos que la denunciante posea el control de la situación, ni gesto o actitud de cualquier índole que nos induzca a pensar en que ella decida ser penetrada de ese modo”.

Son los vídeos de 96 segundos los que los jueces utilizan para explicar que la joven está sometida a la voluntad de los cinco. Cinco veinteañeros que la utilizaron "como un mero objeto para satisfacer sobre ella sus instintos sexuales”. Que la llevaron “a una encerrona”. Que se valieron de un contexto asfixiante que ellos mismos crearon, “un escenario opresivo”. Que se valieron de su corpulencia, de su superioridad y de su fuerza física para rodearla, para llevarla al “un bloqueo emocional” y a la "desconexión de la realidad”. Que la anularon hasta hacer con ella lo que quisieron.