Vinicius, con el Real Madrid AFP7 / Europa Press
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Vinícius vence en los tribunales a un empresario gallego que registró una marca con su nombre
El demandado alegaba que, cuando solicitó la inscripción en el Registro Mercantil, el futbolista no era lo suficientemente reconocido
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La Audiencia Provincial de A Coruña ha dado la razón al futbolista Vinícius Junior en su disputa legal contra un empresario coruñés que registró una marca con el nombre del jugador. El demandado alegaba que, cuando solicitó la inscripción, Vinícius no era lo suficientemente reconocido y, por tanto, no existía riesgo de que los consumidores asociaran dicho distintivo con él.
El registro de la marca se produjo el 12 de noviembre de 2018, cuando Vinicius comenzaba su primera temporada en el Real Madrid, tras haber sido fichado ese verano.
Con esta decisión, la sección cuarta de la Audiencia avala el fallo previo del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña, que ya había dado la razón al delantero del Real Madrid. La resolución desestima el recurso de apelación presentado por la representación procesal de don Ignacio contra la sentencia nº 33/2023, dictada el 13 de junio, confirmando íntegramente la resolución inicial. La parte apelante ha sido condenada al pago de las costas del recurso y a la pérdida del depósito constituido para recurrir, que se destinará conforme a la ley.
La sentencia establece que aún cabe interponer recurso de casación ante la Sala 1ª del Tribunal Supremo, siempre que se funde en la infracción de normas procesales o sustantivas y exista interés vacacional.
El recurso deberá presentarse en un plazo de 20 días desde la notificación, cumpliendo con lo previsto en el artículo 481 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y con las normas dictadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, publicadas en el BOE. También será necesario acreditar la constitución del depósito legal exigido.
Desde el tribunal recuerdan que la difusión de la resolución a terceros solo podrá realizarse respetando la protección de datos personales, la intimidad y el anonimato de víctimas o personas protegidas, prohibiéndose su cesión con fines contrarios a la ley.