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¿Cómo inscribirse en la lista de viviendas de protección oficial en A Coruña? Estos son los pasos

La Xunta de Galicia tiene abierto durante todo el año el plazo de inscripción para acceder a alguna de las viviendas de protección oficial en la Comunidad y en Quincemil hoy te contamos todos los pasos a seguir
Imagen de archivo de un edificio de viviendas.
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Imagen de archivo de un edificio de viviendas.
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Encontrar una vivienda se ha convertido en un verdadero reto. El alto precio de los pisos en alquiler y en venta ha dificultado el acceso a familias, parejas y personas, especialmente de aquellas con rentas más bajas. De hecho, el último informe del mes de abril del portal inmobiliario Idealista establece el precio medio del metro cuadrado de inmuebles en venta en A Coruña en los 2.305 euros; es decir, un 0,2% más frente a marzo, mientras que el caso de pisos en alquiler el coste del m2 se sitúa en los 9 euros.

Las viviendas de protección oficial se presentan como una opción para aquellas familias o personas más desfavorecidas, con rentas que no les permiten acceder a otro tipo de residencia. Para poder optar a una de ellas, es preciso estar inscrito en el Registro Único de Demandantes de Vivienda y hoy en Quincemil te contamos todo lo que necesitas saber.

¿Quién puede inscribirse en esta lista? Cuatro requisitos

Todas las personas que estén interesadas pueden solicitar el acceso de las viviendas protegidas. Para ello será necesario inscribirse como demandante en el Registro Único de Demandantes de Vivienda de Galicia, salvo en los casos de adjudicación directa. También quedan excluidos de este deber aquellos perfiles relacionados con la comunidad universitario, investigadores y científicos. La Xunta de Galicia establece los siguientes requisitos:

  • La inscripción se debe realizar en una única sección o en una única subsección, en el caso de existir varias subsecciones (Viviendas de protección oficial de promoción pública promovidas por el IGVS, viviendas de protección oficial de promoción pública de núcleos rurales y cascos históricos, y viviendas protegidas de promoción privada o de promoción pública promovidas por otros promotores públicos).
  • La inscripción se realizará en el tipo de vivienda y en el régimen de adjudicación que el solicitante señale como preferente.
  • En el caso de que el solicitante reúna los requisitos para ser beneficiario de más tipos de viviendas, podrá solicitar y practicar inscripciones complementarias.
  • Aunque la inscripción determinará la preferencia para optar a un tipo de vivienda y a un régimen de adjudicación determinado, estas serán ofertadas a todos aquellos que figuren como inscritos o anotados en la sección o subsección correspondiente al tipo de inmueble al que se pretende optar.

¿Cómo y cuándo presentar la solicitud?

El plazo de presentación para la inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda de Galicia está abierto todo el año, pudiendo los interesados tramitar la solicitud en línea o bien de forma presencial en cualquiera de las oficinas de registro e información de la Xunta. Solo se admitirá una solicitud por unidad familiar o de convivencia. El plazo de resolución será de un máximo de tres meses. En el caso de no recibir respuesta, la solicitud habría sido rechazada.

¿Qué documentación es necesaria presentar?

  • Solicitud del Anexo I.
  • Copia del DNI o NIE.
  • Declaración responsable de la composición de la unidad familiar y autorización para solicitar las certificaciones electrónicas necesarias para la tramitación del procedimiento (Anexo II).
  • Certificado de residencia de la persona solicitante. Este será necesario para aquellas personas que residan fuera de Galicia o en el caso de no autorizar la consulta.
  • Certificado de titularidad de bienes inmuebles de la persona solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar o convivencia, en el caso de denegar su consulta.
  • Convenio regulador de nulidad, separación o divorcio, o de la sentencia en la que se acredite que la persona solicitante no tiene el uso de la vivienda familiar.
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el caso de no autorizar su consulta.
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia de Administración Tributaria, en el caso de no autorizar su consultar.
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración autonómica de Galicia, en el caso de no autorizar su consulta.
  • Copia del título de discapacidad o solicitud de revisión del grado de la persona solicitante, cuando proceda y en caso de no autorizar su consulta.
  • Copia de la declaración de la renta o datos fiscales relativos al último ejercicio de la persona solicitante, en caso de no autorizar su consulta.
  • Certificado de inscripción en el registro de parejas de hecho de Galicia. Deberán presentar este documento exclusivamente aquellas persona inscritas en el caso de no autorizar su consulta.
  • Presentar la correspondiente justificación documental en el caso de que la persona solicitante tenga alguna vivienda en propiedad.
  • Acreditar la situación de afectado por ejecución hipotecaria en el caso de tratarse de demandantes de vivienda o arrendamiento del programa Aluga.
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