Manifestación frente al Congreso de los Diputados en protesta por la puesta en libertad bajo fianza de los cinco miembros de 'La Manada', el 22 de julio de 2018.

Manifestación frente al Congreso de los Diputados en protesta por la puesta en libertad bajo fianza de los cinco miembros de 'La Manada', el 22 de julio de 2018. Efe/ Juan Carlos Hidalgo

LA TRIBUNA

¿Y si los violadores excarcelados reinciden?

Las víctimas deberán soportar ver en libertad a agresores monstruosos.

7 febrero, 2023 02:17

Ojalá no llegue nunca. Ojalá las agujas del reloj no encuentren las horas, ni los minutos, ni los segundos. Ojalá el tiempo no alcance como una flecha la mirada perdida del inocente, de la víctima inesperada.

Ojalá ese destello que ilumina feroz y fugaz el camino de vuelta no te encuentre. Ojalá ese violador o pederasta excarcelado por una ley inmoral y repugnante no apremie su reincidencia, no consume su delito, no establezca la injusticia, otra vez, con la sangre derramada del infausto azar.

La secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez, la ministra de Igualdad, Irene Montero, y la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell.

La secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez, la ministra de Igualdad, Irene Montero, y la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell. E.P.

Trágicamente, los deseos son sólo eso. Ojalá no ocurra. Pero ambos, tú que me lees y yo que te escribo, conocemos la probabilidad del hecho. La delincuencia sexual es la más reincidente. La ley del 'sí es sí' concederá una nueva oportunidad para que la depravación se abra paso en una sociedad que asiste atónita a la liberación consciente y masiva de las almas más oscuras que, hasta ahora, habitaban en los largos y grises pasillos de un centro penitenciario.

Cualquier estudiante de Derecho, desde sus primeras asignaturas, conoce la relevancia del factor temporal en la aplicación de las normas. No en vano, la transitoriedad normativa se halla en los primeros preceptos del Código Penal (artículos 1 y 2) y del Código Civil (artículo 2) y es objeto de previsión específica en cualquier ley o reglamento objeto de publicación.

Las normas jurídicas despliegan sus efectos en la realidad. Y en ella el tiempo, la cuestión cronológica, es decisiva para poder prever y acotar los efectos deseados. Y, sobre todo, los indeseados, del comienzo del vigor de esa norma.

Quien quiera insinuar que la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, omitió inconscientemente la previsión de transitoriedad en cuanto a los efectos de la reforma del Código Penal simplemente miente.

[Por qué ha fallado la 'ley del sí es sí' y cómo se puede frenar la rebaja de penas a los violadores]

Los efectos jurídico-procesales (incluidos, desde luego, los afectantes a la ejecución de las penas privativas de libertad) de la revisión de los preceptos del Código Penal eran perfectamente conocidos por el Ministerio de Igualdad y por el Ministerio de Justicia.

Si el Consejo de Ministros y después los diputados y senadores que aprobaron la ley excluyeron su estudio y reflexión es una cuestión que sólo afecta a ellos. Una que evidencia el nivel intelectual y la preparación de nuestros representantes. Y que tristemente habrá de tener una consecuencia política para toda la sociedad española.

Por primera vez en la historia de España, a sabiendas y con conocimiento de su dimensión real, un Gobierno de la nación ha promovido una norma jurídica que permitirá la revisión de la pena de más de 4.000 condenados por delitos de agresión sexual. Incluidos los perpetrados, y especialmente repulsivos, contra niños y niñas.

Todos ellos víctimas inocentes de un circo político impulsado por el Gobierno de coalición y que ratifica algunas verdades que nadie se atrevía a pronunciar. La más importante: que en España se legisla sin respeto a la técnica jurídica. Sin escuchar al experto y primándose el efecto electoral inmediato sobre la practicidad de la norma.

"Sánchez no debe temer la ley del 'sí es sí', sino a aquellos puestos en libertad gracias a su aplicación"

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y de las Audiencias Provinciales de los diferentes territorios de nuestro país está ratificando lo que para cualquier estudiante de primero de Derecho es obvio. Que el artículo 2 del Código Penal dice lo que dice. Que la retroactividad favorable no encuentra exclusiones por caprichos ideológicos o sectarios.

Y que las inaptitudes legislativas no sólo arrastran consecuencias políticas, sino también jurídicas.

Y lo anterior es el gran drama que España y sus víctimas deberán soportar en los próximos meses. Que una reforma del Código Penal innecesaria y de censurable técnica normativa está poniendo en libertad a los seres más monstruosos que habitan en la pesadilla de cualquiera. El violador de su hijo, el agresor que acecha en el retorno nocturno, el cuidador especialmente simpático con los niños que desliza su mano entre sus muslos.

La reforma exprés de la ley del 'sí es sí' en la que ya trabaja el Ministerio de Justicia no impedirá nada de todo lo anterior. Los 4.000 violadores y pederastas beneficiados por la 10/2022, de 6 de septiembre, serán puestos en libertad en las próximas semanas y meses, o experimentarán una rebaja sensible de sus penas de prisión.

¿Por qué? Porque el Gobierno y después los diputados y senadores favorables a la norma así lo decidieron.

Y la tragedia más grave no es esa. La catástrofe posible y probable es que cualquiera de los liberados vuelva a repetir lo que hizo: violar. Eso, con seguridad, dinamitaría la legislatura.

Sánchez no debe temer la ley del 'sí es sí'. Debe temer a aquellos puestos en libertad gracias a su aplicación. Ellos le aplauden ansiosos.

Ojalá que no llegue nunca. Ojalá que no seas tú. Ojalá que no sea tu hijo. Ojalá que no sea tu nieto. Ojalá que no sea nadie. Ojalá entendamos todos que algunas atrocidades políticas sólo son el prolegómeno de otras atrocidades, todavía peores.

*** Álvaro Perea González es letrado de la Administración de Justicia.

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