La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. EFE

Interiorismo

Hacienda lo confirma: quienes tengan seguro de hogar en casa se deducirán hasta 1.300 euros en la Renta

Esta ventaja fiscal para propietarios de viviendas con seguro de hogar en España, puede alcanzar una deducción máxima de 1.356 euros.

Más información: Ya ha entrado en vigor: la ayuda de hasta 30.000 euros para reformas viviendas en pueblos de menos de 5.000 habitantes

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La próxima campaña de la Renta en España comenzará en el mes de abril. Un momento del año en el que miles de españoles tendrán que rendir cuentas de nuevo a Hacienda, pudiendo en algunos casos beneficiarse de determinadas deducciones. Algunas relacionadas con las obras y reformas en la vivienda y otras que, en este caso, corresponden a aquellos propietarios con seguro de hogar vinculado a la hipoteca.

Una ventaja fiscal que puede llegar a alcanzar deducciones de hasta 1.356 euros y que solo estarán disponibles para aquellos propietarios que adquirieran su inmueble antes de enero de 2013 y que aún mantienen activo el préstamo hipotecario con la entidad financiera correspondiente, así como el seguro de hogar vinculado.

Más allá de este supuesto, la desgravación del seguro del hogar también puede aplicarse en casos de arrendamiento del inmueble o para aquellos autónomos que trabajen en casa. En el caso de que la vivienda esté en alquiler y de que el propietario obtenga rendimientos del capital inmobiliario, el seguro de hogar podrá desgravarse si se calcula dentro del rendimiento neto del inmueble.

En el caso de los trabajadores por cuenta propia que trabajen en casa, también podrán desgravar el seguro de hogar hasta un porcentaje. Este corresponderá con la parte de la vivienda que usen para trabajar.

Será a partir del próximo 8 de abril cuando se abrirá el plazo para presentar el IRPF correspondiente al ejercicio fiscal de 2025 y en el que los contribuyentes con rendimientos íntegros iguales o superiores a los 22.000 euros anuales, así como quienes hayan obtenido 15.876 euros y hayan contado con más de un pagador durante el año, estarán obligados a declarar.

Cuánto puede desgravar

En el caso de que el seguro del hogar siga vinculado a la entidad bancaria que concedió la hipoteca en vigor y el inmueble se haya adquirido antes del 2013, únicamente se podrá desgravar la parte del seguro asociada a la hipoteca y que generalmente cubre el valor de la vivienda frente a siniestros importantes.

Las coberturas adicionales por daños menores o conceptos complementarios, en este caso no se incluyen en la base deducible. Esto quiere decir, que esta deducción solo corresponde a los elementos directamente vinculados con la inversión en vivienda habitual.

En este caso, el máximo que se puede descontar sería del 15 % de la base de la deducción. Esto viene a ser la cantidad total que la persona pagó el año anterior para adquirir la vivienda, en la que se incluye la prima de la póliza. La cantidad máxima que se podrá deducir por ella será de unos 1.356 euros.

Por otro lado, la cantidad máxima a desgravar cada año en concepto de adquisición de la vivienda no podrá superar nunca los 9.040 euros, según informan en la web de Generali. Si se superase ese importe no habría deducción.

Otras deducciones

Esta medida fiscal se inscribe en un escenario en el que la Agencia Tributaria ha reforzado las ayudas vinculadas a la vivienda y las cargas familiares. En la campaña actual siguen activas varias deducciones importantes.

Entre ellas, destaca la dirigida a contribuyentes que conviven con ascendientes de edad avanzada en su vivienda habitual. En estos casos, el beneficio puede llegar hasta los 2.500 euros para familias que atienden a mayores de 75 años, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en cuanto a convivencia y límites de la renta.

También continúan en vigor otros incentivos ya conocidos, como los aplicables a la compra o financiación de la vivienda habitual bajo regímenes transitorios, así como las deducciones por obras de adaptación o mejora para personas con discapacidad.

En todos los supuestos, la aplicación de estas ventajas depende de que el contribuyente cumpla las condiciones fijadas por la normativa tributaria vigente y de que las incluya correctamente en su declaración.