Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social.

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social. Europa Press

Estilo de vida

Ya es oficial: el trabajador puede pedir hasta 2 años de excedencia para el cuidado de su pareja o hijos

Más del 84 % de las excedencias por el cuidado de un familiar siguen siendo solicitadas por mujeres en España, un derecho que recoge el artículo 46.

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Las excedencias por cuidado de familiares en España se han consolidado en los últimos años como uno de los permisos más solicitados por los trabajadores. Según los datos más recientes, las solicitudes registradas superan las 53.000. Sin embargo, estas cifras siguen reflejando una clara brecha de género, muestra de ello es que más del 84 % de las solicitudes siguen siendo realizadas por mujeres.

El artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores establece que los empleados pueden solicitar un tiempo máximo de dos años de excedencia para el cuidado de la pareja de hecho, cónyuge o de familiares cercanos de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. En el caso del cuidado de hijos, este periodo se amplía hasta un máximo de tres años.

Además, este límite de duración no siempre es rígido. Puede ampliarse si así lo recoge el convenio colectivo aplicable, ya que muchos sectores introducen mejoras sobre lo que marca la normativa general. En este sentido, la negociación colectiva juega un papel clave. Dependiendo de la empresa o del ámbito profesional, el trabajador puede acceder a periodos más largos si estos están contemplados en los acuerdos laborales vigentes.

Este derecho tiene como objetivo facilitar la atención a personas dependientes, ya sea por edad, enfermedad o accidente y que no pueden valerse por sí mismas y no desempeñan una actividad retribuida. De este modo, se busca reforzar la conciliación entre la vida laboral y familiar.

Aunque no se trata de una nueva medida, sí es una de las más relevantes dentro del marco del sistema laboral español gracias a la reforma introducida por el Real Decreto-ley 5/2023 que entró en vigor el 30 de junio de 2023. En cuanto a su duración, no existe un periodo mínimo obligatorio, ya que el trabajador puede solicitar la excedencia por el tiempo que considere necesario, siempre dentro de los límites establecidos de dos años para familiares o de tres años en el caso del cuidado de hijos.

Derecho de reincorporación y flexibilidad

Solicitar una excedencia supone, en la práctica, una suspensión del contrato de trabajo temporal. Durante ese tiempo, el empleado deja de trabajar y la empresa deja de aportarle su salario, quedando la relación laboral en pausa, aunque no desaparece.

De hecho, existe el derecho de reincorporación al empleo. Esto implica que durante el primer año de excedencia, la empresa debe conservar exactamente el mismo puesto que ocupaba el trabajador, asegurando así su regreso en las mismas condiciones. Una vez superado ese periodo, aunque ya no exista esta reserva exacta, la ley protege igualmente su vuelta al mercado laboral, estando obligada a ofrecerle un puesto dentro del mismo grupo profesional o con categoría equivalente.

Además, el trabajador también mantiene otros derechos importantes, como el cómputo por la antigüedad durante todo el periodo de excedencia, algo fundamental de cara a futuras condiciones laborales o posibles indemnizaciones.

Otro punto importante es la flexibilidad. Y es que, la excedencia no tiene por qué disfrutarse de forma continua. De hecho, puede fraccionarse en varios periodos e incluso interrumpirse antes del tiempo previsto si cambian las circunstancias.

Esto permite adaptarla a las necesidades reales de cada familia, especialmente en etapas como los primeros años de vida de los hijos, cuando los cuidados son más intensos.

Por último, se trata de un derecho individual. Esto quiere decir, que tanto el padre como la madre pueden solicitarlo de manera independiente, aunque si ambos trabajan en la misma empresa esta puede limitar que lo disfruten al mismo tiempo por motivos organizativos, siempre ofreciendo alternativas razonables.

Cómo cotiza esta excedencia

La ley contempla que el tiempo de excedencia por cuidado de hijos cuenta como periodo cotizado para determinadas prestaciones, como la jubilación, la incapacidad permanente o las ayudas familiares. Esto permite que el trabajador no vea perjudicados sus derechos futuros por haber dedicado ese tiempo al cuidado.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que no se trata de un permiso remunerado. Por lo que durante la excedencia no se percibe salario, ya que el contrato de trabajo queda suspenso.

Esta falta de ingresos explica por qué muchas familias no pueden permitirse acogerse a este derecho, a pesar de las garantías que ofrece a largo plazo.