Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social.

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social. Mariscal Efe Madrid

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Miles de trabajadoras podrán seguir cobrando el paro teniendo trabajo: estas son las condiciones en 2026

Este "instrumento de compatibilidad" es apto para subsidios así como para la prestación contributiva.

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha actualizado la forma en la que se aplica la compatibilidad entre empleo y prestaciones por desempleo.

La idea es que aceptar un contrato, a jornada completa o parcial, no implique perder de golpe todo el apoyo económico, sino pasar a cobrar un Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) mientras se trabaja.

La medida se apoya en la reforma que introdujo el CAE como "instrumento de compatibilidad" tanto para subsidios como para la prestación contributiva.

En 2024, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya avanzó esta orientación en TVE: "Vamos a permitir la compatibilidad en el trabajo y la prestación pública contributiva".

Y añadió: "ahora damos un paso más y permitimos también la compatibilidad con la prestación contributiva”.

Qué cambia y a quién se aplica

El CAE permite compatibilizar la prestación contributiva o determinados subsidios con un trabajo por cuenta ajena, con condiciones distintas según el tipo de ayuda y la fecha de reconocimiento.

En la prestación contributiva, el SEPE distingue entre prestaciones nacidas antes del 1 de abril de 2025 y las nacidas a partir de esa fecha. Esa frontera es clave porque determina si la compatibilidad se activa de manera automática o si hay que solicitarla.

Si la prestación contributiva nació a partir del 1 de abril de 2025, el SEPE explica que la compatibilidad como CAE se aplica "de forma automática" (con excepciones) cuando se cumplen los requisitos.

El propio organismo indica que, desde el décimo mes de devengo, si se encuentra trabajo a jornada completa o parcial, el CAE "se hará de oficio" o se puede optar por suspender esa compatibilidad.

En cambio, si la prestación contributiva nació antes del 1 de abril de 2025, la compatibilidad con empleo a tiempo parcial ya existía, pero para compatibilizar como CAE con empleo a jornada completa a partir de esa fecha se exige solicitud y cumplir condiciones específicas.

Oficina del SEPE

Oficina del SEPE Europa Press

En los subsidios por desempleo, el SEPE también detalla que el cobro del subsidio como CAE no es voluntario, sino que se reconoce de oficio.

Además, si se inicia un trabajo a jornada completa o parcial, se compatibiliza percibiendo el subsidio "como complemento de apoyo al empleo", sin posibilidad de suspenderlo por el hecho de estar trabajando.

Requisitos y límites

En la prestación contributiva, el acceso al CAE está ligado a prestaciones de duración superior a 12 meses, lo que el SEPE asocia con una prestación de "al menos, 14 meses (420 días)".

Además, es necesario haber devengado los nueve primeros meses de prestación para que, a partir del décimo mes, la ayuda pueda abonarse como CAE cuando se trabaja por cuenta ajena a jornada completa o parcial.

El SEPE también recoge supuestos en los que no procede la compatibilidad. Por ejemplo, no se puede aplicar si la prestación se debe a la suspensión por ERTE o Mecanismo RED, y existen límites relacionados con la empresa contratante (como que tenga un ERTE tramitado o que se haya trabajado allí en los 12 meses anteriores) y con la contratación por familiares directos.

En los subsidios, el organismo fija igualmente excepciones parecidas (ERTE/RED, empresa con expediente, contratación con familiares, etc.) y recuerda que, si el SEPE comunica el reconocimiento pero el beneficiario está en un supuesto excluyente, debe avisar para evitar cobros indebidos y posibles sanciones.

@leyesconsebas 💼 ¿Sabías que desde el 1 de abril de 2025 puedes trabajar y seguir cobrando el paro en España? Gracias al nuevo Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), los beneficiarios de la prestación contributiva por desempleo pueden compatibilizarla con un empleo por cuenta ajena, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Esta medida busca facilitar la reinserción laboral sin perder el respaldo económico del SEPE. 📊 ¿Cuáles son los requisitos para acceder al CAE? Debes haber cobrado al menos nueve meses de la prestación por desempleo y que esta haya sido reconocida por un período mínimo de 14 meses. Además, el salario bruto mensual del nuevo empleo no debe superar el 225% del IPREM, es decir, 1.350 euros. Es importante destacar que no se puede compatibilizar si el empleador tiene un expediente de regulación de empleo activo o si es un familiar directo. ⏳ ¿Cuál es la duración y cuantía del CAE? La duración máxima es de 180 días, y la cuantía varía según el tiempo transcurrido y el tipo de jornada laboral. Por ejemplo, durante los tres primeros meses, quienes trabajen a jornada completa recibirán el 80% del IPREM (480 euros), y la cantidad se reducirá progresivamente en los meses siguientes. Para jornadas parciales, el porcentaje disminuirá en función de las horas trabajadas. #Emple#Empleo #Paro #SEPEa#Trabajoo#Economíañ#Españae#Barcelonai#Madridl#Sevilla ♬ AURA (Super Slowed) - Ogryzek

Un punto importante es que, durante el tiempo compatible, se consumen días de prestación. En la contributiva, el SEPE lo formula de forma explícita: se consumirán tantos días de duración de la prestación como días percibidos de CAE, "con independencia de la cuantía abonada".

En el subsidio, el criterio es equivalente: los días compatibilizados "se consumirán de la duración" del subsidio.

Cuánto se cobra

La cuantía del CAE depende de la jornada pactada al inicio de la compatibilidad y del momento (mes de prestación en la contributiva; trimestre en el subsidio).

En la prestación contributiva, la tabla oficial del SEPE marca importes mensuales que van bajando con el avance de los meses.

  • Mes 10 de prestación: el Complemento de Apoyo al Empleo asciende a 480 euros mensuales si el contrato es a jornada completa. Si el trabajo es a tiempo parcial del 75% de la jornada, la cuantía es de 450 euros; cuando la parcialidad se sitúa entre el 50% y el 75%, se reduce a 420 euros; y si es inferior al 50%, queda en 360 euros al mes. En este tramo, la compatibilidad puede mantenerse como máximo durante 30 días.
  • Mes 11 de prestación: el CAE mantiene una cuantía de 480 euros mensuales para empleos a jornada completa. Si el contrato es a tiempo parcial del 75%, se perciben 450 euros; cuando la jornada se sitúa entre el 50% y el 75%, el importe es de 420 euros; y si es inferior al 50%, asciende a 360 euros al mes. En este caso, la duración máxima del complemento es de 60 días.
  • Mes 12 de la prestación: el Complemento de Apoyo al Empleo es de 480 euros mensuales cuando el trabajo es a jornada completa. Si la jornada es parcial del 75%, la cuantía es de 450 euros; si se sitúa entre el 50% y el 75%, es de 420 euros; y cuando es inferior al 50%, queda en 360 euros al mes. En este tramo, el CAE puede percibirse durante un máximo de 90 días.
  • Entre los meses 13 y 15 de la prestación: el CAE es de 480 euros mensuales si el empleo es a jornada completa. En trabajos a tiempo parcial del 75% se abonan 450 euros; cuando la jornada está entre el 50% y el 75%, 420 euros; y si es inferior al 50%, 360 euros al mes. En este periodo, el complemento puede cobrarse como máximo durante 180 días.
  • Entre los meses 16 y 18 de la prestación: el Complemento de Apoyo al Empleo es de 360 euros mensuales en contratos a jornada completa. Si el empleo es a tiempo parcial del 75%, la cuantía es de 300 euros; cuando la jornada se sitúa entre el 50% y el 75%, es de 270 euros; y si es inferior al 50%, queda en 240 euros al mes. En este tramo, la duración máxima del CAE es de 180 días.
  • Entre los meses 19 y 21 de la prestación: el CAE asciende a 240 euros mensuales cuando el empleo es a jornada completa. Si el contrato es a tiempo parcial del 75%, la cuantía es de 210 euros; cuando la jornada se sitúa entre el 50% y el 75%, es de 180 euros; y si es inferior al 50%, queda en 150 euros al mes. En este periodo, el complemento puede percibirse durante un máximo de 180 días.
  • Entre los meses 22 y 24 de la prestación: el importe del CAE es de 180 euros al mes para empleos a jornada completa. En trabajos a tiempo parcial del 75% se abonan 150 euros; si la jornada está entre el 50% y el 75%, 120 euros; y cuando es inferior al 50%, 90 euros mensuales. También en este tramo la duración máxima del complemento es de 180 días.

En los subsidios, el CAE también tiene un máximo de 180 días y su cuantía se fija por trimestres, con escalones que van desde 480 euros en el primer tramo (a tiempo completo) hasta importes más bajos en trimestres posteriores.