Clientes en el centro comercial El Ingenio de Vélez Málaga.
Ya es oficial: estos son los 16 domingos y festivos de apertura comercial en Andalucía en 2027
La Junta publica el calendario oficial y permite a los ayuntamientos sustituir hasta dos fechas para adaptarlas a las necesidades locales.
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La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha aprobado el calendario de los 16 domingos y días festivos en los que los establecimientos comerciales podrán abrir al público durante 2027. La orden, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), da cumplimiento a lo establecido en la Ley de Comercio Interior de Andalucía, que obliga a fijar estas fechas antes del 1 de septiembre del año anterior a su aplicación.
La selección de los días autorizados responde a distintos criterios recogidos en la normativa autonómica, entre ellos el atractivo comercial para los consumidores, los periodos tradicionales de rebajas, las campañas navideñas y de Reyes, así como los festivos de mayor afluencia turística.
Además, la ley contempla la apertura obligatoria de al menos un festivo cuando coincidan dos o más días festivos consecutivos.
Entre las fechas autorizadas para la apertura comercial en 2027 figuran los domingos 3 y 10 de enero, el lunes 1 de marzo, el jueves 25 de marzo, el domingo 2 de mayo, así como los domingos 4 de julio, 1 y 8 de agosto. También podrán abrir los establecimientos el lunes 16 de agosto y el lunes 1 de noviembre.
En la recta final del año, coincidiendo con la campaña comercial de Navidad, se autorizan las aperturas del domingo 28 de noviembre, los festivos 6 y 8 de diciembre, y los domingos 12, 19 y 26 de diciembre.
La normativa andaluza considera como periodos de rebajas de invierno el comprendido entre el 7 de enero y el 7 de marzo, mientras que las rebajas de verano abarcan del 1 de julio al 31 de agosto.
Asimismo, tiene en cuenta las campañas de Navidad, desde el domingo posterior al cuarto jueves de noviembre hasta el 24 de diciembre, y de Reyes, del 26 de diciembre al 5 de enero.
La orden mantiene la posibilidad de que los ayuntamientos adapten parcialmente este calendario a las particularidades de sus municipios. Para ello, las corporaciones locales podrán solicitar a la Dirección General de Comercio la sustitución de hasta dos de las fechas autorizadas por otras que consideren más adecuadas para la actividad comercial local, siempre que respeten los criterios establecidos en la legislación vigente.
Las solicitudes de modificación deberán contar con un acuerdo motivado del órgano municipal competente y presentarse dentro de los plazos fijados por la Junta de Andalucía, que varían en función del trimestre al que pertenezcan las fechas objeto de la permuta.
Calendario de aperturas autorizadas en 2027
-3 de enero (domingo) y 10 de enero (domingo)
-1 de marzo (lunes) y 25 de marzo (jueves)
-2 de mayo (domingo)
-4 de julio (domingo)
-1 de agosto (domingo) y 8 de agosto (domingo)
-16 de agosto (lunes)
-1 de noviembre (lunes) y 28 de noviembre (domingo)
-6 de diciembre (lunes), 8 de diciembre (miércoles), 12 de diciembre (domingo), 19 de diciembre (domingo) y 26 de diciembre (domingo)