Imagen de archivo de una pista de fútbol sala.

Imagen de archivo de una pista de fútbol sala. EEM

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Málaga indemnizará con más de 22.000 euros a un menor tras caerle una portería de fútbol sala

El Consejo Consultivo considera acreditado que el accidente estuvo relacionado con el deficiente estado de una instalación deportiva municipal y avala la indemnización propuesta por el Consistorio.

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Las claves

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El Ayuntamiento de Málaga indemnizará con 22.330,39 euros a un menor herido tras caerle una portería de fútbol sala en una instalación municipal.

El accidente ocurrió el 27 de junio de 2022 en un recinto deportivo municipal, debido al mal estado del equipamiento.

El Consejo Consultivo de Andalucía considera acreditado el vínculo entre el deterioro de la portería y las lesiones del menor.

La indemnización está respaldada por la valoración económica de las lesiones y la responsabilidad patrimonial de la Administración local.

El Consejo Consultivo de Andalucía ha avalado que el Ayuntamiento de Málaga indemnice con 22.330,39 euros a un menor que resultó herido tras caerle encima una portería de fútbol sala en una instalación deportiva municipal.

El órgano consultivo considera acreditado que el accidente guarda una relación directa con el funcionamiento del servicio público, al corresponder al Consistorio el mantenimiento y conservación del equipamiento donde ocurrieron los hechos.

El accidente se produjo el 27 de junio de 2022 en un recinto deportivo municipal abierto al público.

Casi un año después, el 23 de junio de 2023, los representantes legales del menor presentaron una reclamación de responsabilidad patrimonial al entender que las lesiones sufridas eran consecuencia del mal estado de las instalaciones.

Tras analizar toda la documentación incorporada al expediente, el Consejo Consultivo concluye que concurren los requisitos exigidos por la legislación para declarar la responsabilidad de la Administración.

En su dictamen subraya que el daño sufrido por el menor fue real, individualizado, evaluable económicamente y antijurídico, es decir, que no existía obligación de soportarlo.

Responsable del mantenimiento

Uno de los aspectos determinantes de la resolución es que el propio expediente acredita que la portería pertenecía a unas instalaciones deportivas municipales cuyo mantenimiento correspondía al Ayuntamiento de Málaga.

Además, el Consejo destaca que durante la instrucción quedó reflejado el deterioro del equipamiento deportivo, circunstancia que refuerza la existencia de un vínculo directo entre el estado de las instalaciones y el accidente sufrido por el menor.

Por ello, el órgano consultivo comparte la propuesta de resolución elaborada por el Ayuntamiento y concluye que existe una relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y el daño reclamado, requisito indispensable para reconocer la responsabilidad patrimonial de la Administración.

La familia reclamó una indemnización de 22.330,39 euros, una cuantía que el Ayuntamiento consideró justificada aplicando el baremo utilizado para valorar los daños personales derivados de accidentes de circulación.

El Consultivo comparte ese criterio y considera correcta la valoración económica de las lesiones y secuelas sufridas por el menor, por lo que informa favorablemente la propuesta municipal de estimar íntegramente la reclamación.

El informe del Consejo Consultivo era preceptivo al superar la reclamación el umbral económico previsto por la normativa andaluza para este tipo de expedientes.

Con este pronunciamiento favorable, el Ayuntamiento queda respaldado para resolver definitivamente el procedimiento y reconocer la indemnización a favor del menor, al considerar acreditado que las lesiones fueron consecuencia de la caída de una portería en una instalación deportiva cuya conservación correspondía al Consistorio.