María Jesús Montero.

María Jesús Montero. Europa Press

Economía

La Agencia Tributaria lo confirma: "Los Bizum a familiares pueden ser donación si no están justificados"

Si Hacienda revisa una operación, puede solicitar pruebas que expliquen el motivo del pago, como justificantes o conceptos claros en el movimiento.

Más información: Ya es oficial: cheque bebé de 1.200 euros para cada hijo nacido en pueblos de menos de 10.000 habitantes

Publicada

Las claves

La Agencia Tributaria recuerda que Bizum no tiene un tratamiento fiscal especial y es considerado un medio de pago más.

Los envíos de dinero a familiares pueden ser considerados donaciones si no se justifican, estando sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Reembolsos y pagos compartidos mediante Bizum no generan obligaciones fiscales, pero las donaciones sí deben declararse, sin importar la cantidad.

Hacienda recomienda dejar constancia del motivo de los pagos y evitar envíos periódicos no justificados para prevenir sanciones y problemas fiscales.

El Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria han recordado que Bizum no tiene un tratamiento fiscal especial. A efectos tributarios, se considera simplemente un medio de pago más, igual que una transferencia bancaria, un ingreso en efectivo o el uso de una tarjeta.

Por tanto, lo que determina si hay que pagar impuestos no es la aplicación utilizada, sino el tipo de operación que se realiza: una compra, un reembolso, un préstamo o una donación.

En la documentación y guías informativas publicadas por la Administración se explica que, cuando el dinero se entrega sin recibir nada a cambio, se considera una donación.

En ese caso, la operación está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Así, enviar dinero a un familiar como regalo mediante Bizum puede tener el mismo tratamiento fiscal que darle esa cantidad en metálico.

No obstante, la mayoría de los Bizum que se realizan a diario entre particulares no generan ninguna obligación tributaria, ya que no se trata de donaciones.

Es habitual utilizar esta herramienta para ajustar cuentas entre amigos o conocidos: devolver el dinero que alguien adelantó para un viaje, pagar la parte correspondiente de una comida o liquidar un pequeño gasto compartido. En estos casos, al tratarse de un simple reembolso, no existe impuesto.

La propia información facilitada por Bizum señala que la devolución de gastos comunes no tiene consecuencias fiscales. El problema puede surgir únicamente cuando el envío de dinero se hace sin contraprestación.

Si la Agencia Tributaria revisa una operación, puede solicitar pruebas que expliquen el motivo del pago, como justificantes o conceptos claros en el movimiento.

Desde la Agencia Tributaria también se insiste en que cualquier entrega gratuita de dinero, ya sea mediante Bizum o transferencia, puede ser considerada donación y, por tanto, debería declararse en el impuesto correspondiente que gestionan las comunidades autónomas.

Uno de los supuestos que más suele analizar Hacienda es el de las ayudas periódicas de padres a hijos —por ejemplo, envíos mensuales de 100, 200 o 300 euros— cuando no existe obligación de devolver ese dinero y se convierten en un apoyo económico estable.

No hay una cantidad concreta a partir de la cual un Bizum esté exento de impuestos. En teoría, cualquier donación, por pequeña que sea, es declarable. Sin embargo, la Administración suele centrar sus controles en operaciones que presentan mayor riesgo fiscal.

Para ello también cuenta con la información que facilitan las entidades financieras a través de los sistemas de prevención del blanqueo de capitales y del Fichero de Titularidades Financieras.

En general, los movimientos que superan los 10.000 euros deben declararse, mientras que las operaciones por encima de 6.000 euros pueden ser analizadas con mayor detalle si existe sospecha de donación no declarada, fraude o blanqueo de capitales.

Si Hacienda determina que una serie de envíos de dinero en realidad oculta una donación, puede exigir el pago del impuesto correspondiente y aplicar sanciones que pueden alcanzar hasta el 50% de la cantidad transferida.

Ante este escenario, los asesores fiscales recomiendan dejar constancia de las operaciones para evitar malentendidos. Si el dinero se presta con intención de que sea devuelto, es aconsejable formalizar un contrato de préstamo entre particulares en el que se especifiquen el importe, el plazo de devolución y, en su caso, los intereses.

Por el contrario, si la intención es regalar una cantidad relevante, lo más prudente es reconocerlo como una donación y presentar el modelo del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la comunidad autónoma correspondiente, aprovechando las posibles bonificaciones fiscales entre familiares.

También se recomienda utilizar descripciones claras en los pagos realizados a través de Bizum —por ejemplo, “devolución de préstamo” o “mi parte del alquiler”— y evitar envíos periódicos de dinero sin explicación, ya que son precisamente este tipo de movimientos los que pueden llamar la atención de la Administración.