Imagen de un grupo de personas caminando por la calle Larios de Málaga capital.

Imagen de un grupo de personas caminando por la calle Larios de Málaga capital. EP

Málaga

Las recomendaciones para las fachadas comerciales de Málaga (que no siempre se cumplen)

El límite a los rótulos o banderolas de los establecimientos son algunos de los elementos sobre los que el Ayuntamiento realiza recomendaciones. 

5 febrero, 2023 05:00

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La convivencia de los comercios con el entorno es una tarea que, en ocasiones, se antoja complicada. Si a eso se suma su ubicación un espacio declarado Bien de Interés Cultural, como es el caso del Centro del Málaga, los condicionantes han de ser todavía más exigentes. Desde hace unos años, el Ayuntamiento de la ciudad ha puesto en marcha diferentes políticas para la revalorización de los inmuebles que conforman este espacio. Uno de los elementos a tener en cuenta en la "progresiva adaptación" de las fachadas de los locales a su estado original.

Desde el consistorio municipal subrayan que la mayoría de estos establecimientos fueron transformados "sin pudor" durante los años 70 y 80, buscando la rentabilidad económica, aunque destruyendo una parte del valor patrimonial del centro histórico. 

Ante la necesidad de reforzar el valor arquitectónico de los edificios (algo que repercute positivamente en el paisaje urbano), desde la Casona del Parque han publicado una guía de intervención en la que recogen indicaciones sobre cómo actuar en las fachadas de los locales comerciales del Centro.

Uno de los aspectos en los que incide este documento es en los elementos ornamentales. Así, subrayan que para completar el conjunto exterior original se deben conservar aquellas piezas que formen parte de la estructura original (molduras, cenefas, ménsulas, pilastras...). Del mismo modo, se afirma que el diseño de la fachada debe contemplar la disposición de un elemento igual al original en materia, color o forma.

Con estas indicaciones, las normas sobre el resto de estructuras siguen un planteamiento similar. Sobre la carpintería, destacan que deberá conservarse en el caso de que sea original. Cuando hayan sido sustituidos, se restituirá en su posición original, teniendo en cuenta algunos criterios: inscripción a los huecos definidos conforme a la modulación y proporción del resto de la fachada, buscando la correcta ubicación, homogeneidad e integrando al resto de elementos que forman parte del hueco.

Ejemplo recogido en la guía.

Ejemplo recogido en la guía.

Ejemplo recogido en la guía.

Ejemplo recogido en la guía.

Asimismo, la alineación será otro factor a tener en cuenta, respetando las distancias con respecto al plano del edificio. No se permiten carpinterías ni cierres coplanarios a la fachada, ya que debe estar siempre retranqueado el plano de la carpintería del de la fachada.

Los cierres de seguridad son otros aspectos a tener en cuenta. El informe destaca que deben tener un "porcentaje mínimo" de transparencia que favorezca la permeabilidad, complicando de esta manera que se realicen pintadas sobre las rejas y persianas.

La publicidad es quizá uno de los componentes más delicados a la hora de conformar la decoración de un establecimiento. Desde el Ayuntamiento subrayan como pieza clave el derecho a "disfrutar" de un paisaje urbano armónico.

Ejemplos señalados por el Ayuntamiento.

Ejemplos señalados por el Ayuntamiento.

Por lo tanto, se colocará en función de las características arquitectónicas del edificio, sobre el paramento, separado de cualquiera de sus elementos de composición, y sin ocultar elementos ornamentales. Debe ser encuadrable en un perímetro envolvente, asimilado a un rectángulo regular, determinado por sus proyecciones verticales y horizontales, sin sobrepasar la anchura en el caso de su colocación sobre el dintel y centrándose en los elementos definitorios: "Su ocupación máxima será del 50% del espacio libre de proyección del hueco arquitectónico y el límite superior, no sobrepasando en ningún caso los 60 cm", puntualiza. 

¿Qué pasa con las banderolas? Los consejos dictan que debe ser una sola por local y fachada comercial en la misma calle, debiéndose colocar perpendicularmente y sin sobresalir más de 50 cm (algo que, a la vista está, no siempre ocurre). La superficie máxima del letrero no será superior a los 0,30 metros cuadrados para los que se instalen en calles de anchura no superior a 10 metros y a los 0,42 metros cuadrados para los que se instalen en calles con una anchura superior. Todo ello sumado a su integración en la composición del resto de la publicidad del local, sin interferir en los elementos arquitectónicos propios del inmueble.