Protesta de la ONG Padrón por Derecho ante el Ayuntamiento de Madrid.

Protesta de la ONG Padrón por Derecho ante el Ayuntamiento de Madrid. Padrón por Derecho

Sociedad TRIBUNALES

Una juez anula la orden del Ayuntamiento que impedía a una ONG empadronar en su sede a migrantes sin hogar

El Juzgado, además, critica el exceso de pisos turísticos en el centro de Madrid y el encarecimiento del precio de la vivienda.

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La Justicia ha anulado la orden del Ayuntamiento de Madrid que impedía a una oenegé empadronar en sus locales y sedes a personas migrantes sin domicilio fijo en la capital.

Así consta en una sentencia, fechada el pasado 15 de septiembre y a la que ha tenido acceso este periódico.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Madrid estima, de esta forma, el recurso presentado por el colectivo AGAR Espacio de Investigación y Encuentro de la Diversidad-Red Interlavapiés, integrada en la plataforma Padrón por Derecho.

Tras analizar el asunto, la magistrada Cristina Bustamante considera que la orden del concejal presidente del distrito Centro de Madrid, que pasó a impedir a la oenegé empadronar a migrantes sin hogar en su sede, no siguió los cauces administrativos correspondientes.

El consistorio tomó esta decisión debido al elevado número de personas empadronadas en el local, lo que, a su juicio, constituía un uso "indebido" de esta posibilidad.

No obstante, la magistrada subraya que, a la hora de dictar la orden que atajaba esta situación, el Ayuntamiento obvió el imprescindible "trámite de audiencia en todo procedimiento administrativo". Es decir, debió avisar a esta oenegé, para que pudiese realizar alegaciones. Como no sucedió, la orden municipal queda anulada.

La juez señala en su resolución que la ONG, claramente, resulta afectada por esta decisión del Ayuntamiento y "tiene una función que resulta fundamental para la administración municipal y, por extensión, para toda la ciudadanía madrileña".

Además, la magistrada considera "imprescindible tener presente el contexto sociológico del Distrito Centro de la ciudad de Madrid".

"En efecto, es un hecho notorio para toda persona que haya nacido, crecido y vivido en el centro de Madrid que en dicho distrito Centro existe una población de considerable entidad que vive bajo el umbral de la pobreza y en una situación de extrema vulnerabilidad, y que dicho segmento poblacional se encuentra integrado mayormente por personas migrantes", recalca Bustamante.

"A ello se añade que en los últimos 15 años se ha producido un aumento de la turistificación de la ciudad de Madrid en una proporción geométrica y que el incremento desproporcionado de pisos turísticos, junto con otros factores, ha derivado en el encarecimiento exorbitante de los precios de alquiler y en la carestía de oferta de vivienda", reprocha.

"Todo lo cual ha determinado la expulsión de esta zona a una considerable parte de la ciudadanía, además de imposibilitar a determinados colectivos marcados por la vulnerabilidad acceder a unas condiciones de vida humana y mínimamente dignas ante dicha situación", añade.

El registro en el padrón concede derechos fundamentales, como la asistencia sanitaria, la educación y el acceso a servicios sociales.

También permite la participación en procesos electorales, así como la solicitud de documentos oficiales. Entre ellos, el DNI y el carné de conducir.

La asociación AGAR defiende la práctica de empadronar a migrantes sin hogar en su sede, que llevaba haciendo desde 2018, a fin de "garantizar la fiabilidad del padrón", al adecuarlo a la verdadera cifra de personas que residen en Madrid.

"La Administración local tiene la obligación de conocer el número real de personas que viven en el término municipal, ya que de eso depende tener una radiografía exacta de la población para una mejor previsión y diseño de las políticas públicas", ha expresado la oenegé en un comunicado.

AGAR ha sido representada en este procedimiento judicial por la abogada Patricia Fernández Vicens.