Manifestación en contra de un desahucio. EP

Manifestación en contra de un desahucio. EP

Observatorio de la vivienda

El Gobierno amplía la suspensión de los desahucios hasta el 30 de septiembre

También se amplía el plazo para que los arrendadores y titulares de vivienda afectados presenten la solicitud de compensación.

22 febrero, 2022 16:33

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El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación hasta el 30 de septiembre de 2022 de varias medidas relacionadas con el denominado como escudo social. Entre ellas, la suspensión de los desahucios y lanzamientos de vivienda habitual para personas y familias vulnerables, en los casos ya previstos por la actual normativa.

Las medidas tienen un carácter urgente y contemplan la ampliación hasta el 30 de septiembre de 2022 de las medidas de protección que se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes.

También se incluyen aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.

En este último caso, se establece la posibilidad de que el juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación.

En estos supuestos, siempre se tendrán en cuenta los casos que ya se regularon en los que la suspensión nunca podrá dictarse. Por ejemplo, cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario; o cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.

También cuando cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas. Si existen indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas. Si se trata de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante. Y cuando la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley.

Asimismo, en caso de que no se ofrezca una solución habitacional en los tres meses siguientes desde la emisión del informe de los servicios sociales, los propietarios del inmueble tendrán derecho a solicitar una compensación siempre que se acredite el perjuicio económico ocasionado.

Por último, se extiende el plazo durante el que los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria prevista en el citado Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, podrán presentar la solicitud de compensación prevista en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.

Dicho plazo era de un mes desde la finalización de la vigencia de las medidas que, al ampliarse hasta el 30 de septiembre de 2022, el nuevo plazo en el que se podrá presentar dicha solicitud queda fijado hasta el 31 de octubre de 2022.

Reacciones

La Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (Asval) considera que las sucesivas prórrogas de los decretos prolongando la suspensión de los desahucios para familias vulnerables no son la solución al problema de accesibilidad que hay en España. Su apuesta pasa por la oferta de vivienda en alquiler y, en especial, el parque de vivienda pública en alquiler social.

"Este es un aspecto en el que presentamos un claro déficit frente a nuestros vecinos europeos", señala Asval. Y añade que la prórroga genera una "clara desprotección" a los propietarios, y generan inseguridad jurídica en el mercado de la vivienda. "En los momentos más duros de la pandemia, los propietrios han sabido poner de su parte sin recibir ayuda pública alguna", remarcan.

Asimismo, señala que el Gobierno no prevé en el texto aprobado este martes la ampliación de las partidas presupuestarias para compensar económicamente a los propietarios por la usurpación temporal del derecho de uso.

Asval apela al Gobierno a poner en marcha medidas que vayan a la raíz del problema, que es la falta de oferta de vivienda en alquiler, sobre todo social y a precio asequible.