Una mujer se realiza una ecografía.

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Observatorio de la sanidad

Los médicos avalan el registro de objetores al aborto que exige Sanidad a las CCAA pero piden que se respeten sus derechos

Desde la SEC declaran que es fundamental contar con dicho registro para organizar sus equipos a la hora de hacer una IVE.

Más información:Sólo cuatro CCAA realizan el 75% de los abortos voluntarios en la sanidad pública

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Los médicos demandan que todas las comunidades cuenten con el registro de objetores al aborto, como pide Sanidad, para que se reduzcan las diferencias de interrupciones voluntarias por la sanidad pública entre regiones y se garantice el derecho a esta prestación. Cabe destacar que el Gobierno ha exigido a cuatro autonomías la creación de este registro, ya que son los únicos territorios que no cuentan con él.

No obstante, la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) defiende que los profesionales sanitarios deben poder ejercer su labor sin sufrir discriminación por motivos de conciencia, garantizándose el derecho individual a la objeción, de acuerdo con el marco legal establecido.

Como ya ha contado este diario, el departamento ha presentado el informe 2015-2024 sobre la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) tanto en la sanidad pública como privada.Y se pueden ver claras diferencias entre territorios.

Este informe arroja que cuatro comunidades (Cantabria, Galicia, La Rioja y Navarra) han practicado el 75% de los abortos en lo público, frente a territorios como Madrid o Andalucía, que a pesar de que concentran el 50% de las IVE que se hacen en España, sólo realizan el 0,47% y el 0,2%, respectivamente.

Por eso, desde la Sociedad Española de Contracepción (SEC) declaran que es fundamental contar con un registro de objetores para poder organizar sus equipos a la hora de hacer una IVE y saber con qué profesionales cuentan para realizar dicha prestación.

"Y una vez se tenga ese registro: las administraciones deben velar porque se realice la prestación sanitaria, ya que es un servicio que figura dentro de la cartera de salud y están obligados por ley a practicarlo", expresa Abel Renuncio, ginecólogo y miembro de la SEC, a este medio.

Para el miembro de la SEC, estos registros no sólo son buenos para garantizar los derechos de los profesionales objetores (derecho a no realizar un acto médico por motivos de conciencia) sino que también suponen una "herramienta poderosa para la administración".

Herramienta "poderosa"

Por un lado, "les permite conocer el personal del que disponen para hacer esa interrupción voluntaria del embarazo y por otro, con ese conocimiento pueden organizar la actividad. Es decir, que realmente es la única manera que tiene la administración para ver con qué equipo cuenta y con él, realizar la actividad", declara Renuncio.

De hecho, como ha declarado el médico, la ley del aborto (de febrero de 2023) formula que los servicios públicos deben organizarse teniendo en cuenta que se pueda garantizar dicha prestación con el personal sanitario necesario para hacer un acceso efectivo a este servicio.

En la misma línea, se postula la Organización Médica Colegial (OMC) sobre garantizar el derecho a este servicio. Por otro lado, su presidente, Tomás Cobos ha precisado que aunque consideren que no es útil dicho registro, todas las comunidades deben contar con él porque así lo declara una sentencia del Tribunal Constitucional.

Dicha sentencia aclara que la Administración tiene el derecho a contar con este registro. No obstante, ha declarado que se debe respetar el derecho de objeción de los médicos en cuanto a estos.

Además, Cobos denuncia que estas diferencias entre comunidades autónomas se producen por un problema en la gestión sanitaria de cada territorio.

"Se debe tener la seguridad de que todas aquellas ciudadanas que en un momento determinado soliciten al Sistema Nacional de Salud (SNS) el IVE, dicho aborto se produzca y se haga de la mejor manera posible (garantizando el anonimato, la distensión y el entorno de gestión)", ha terminado Cobos.

Interpretar los datos

Cabe destacar que el registro de objetores no es una solución completa a esta desigualdad autonómica. Por ejemplo, hay comunidades como Andalucía que sí que cuentan con él y sólo han practicado el 0,2% de ellos en la sanidad pública.

Esto ocurre, como aclara el miembro de la SEC, porque probablemente las administraciones no están analizando y teniendo en cuenta los datos de este registro para organizar esos servicios sanitarios a la hora de garantizar la interrupción voluntaria del embarazo.

"Una vez que tienes un registro de conciencia ya no tienes excusa ante lo que te marca la ley de organizar esos servicios para dar esa asistencia, es decir, probablemente la administración en ese caso no está dando un paso más allá en lo que marca la legislación y no está haciendo uso de esa información", ha terminado Abel Renuncio, miembro de la SEC.