Una sanitaria, poniéndose el equipo de protección contra la Covid en 2020.

Una sanitaria, poniéndose el equipo de protección contra la Covid en 2020. Eduardo Parra / Europa Press.

Observatorio de la sanidad

La Justicia obliga a la sanidad pública a indemnizar a una médica ingresada por Covid tras no contar con protección

La Inspección de Trabajo reconoce que faltaban medidas de seguridad y salud laboral cuando ocurrió, en marzo de 2020, en plena irrupción del coronavirus.

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Numerosos profesionales sanitarios denunciaron la falta de medidas de protección con las que contaron para poder atender a los pacientes que llenaban los hospitales españoles en las primeras oleadas de Covid. Esto ha llevado a una serie de reclamaciones laborales que se están traduciendo en sentencias judiciales.

Este es el caso del Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, que obliga a la Consejería de Sanidad de la región a indemnizar a una médica de Familia con 29.939 euros. ¿La causa? Tuvo que estar más de un mes ingresada en el hospital después de contagiarse de Covid en marzo de 2020 y haber tenido que atender a los pacientes sin las medidas de protección oportunas.

Así lo entiende la Inspección de Trabajo, tal y como recoge la sentencia, que ve una causalidad profesional por "falta de medidas de seguridad y salud laboral".

El Tribunal Superior, que desestima con su sentencia un recurso de la Administración valenciana, recuerda que la afectada, que ejercía como especialista en medicina familiar en un centro de salud de la localidad de Sagunto, asistía a todo tipo de pacientes, entre ellos a respiratorios agudos, y dio positivo por Covid en una PCR el 16 de marzo de 2020.

Cuatro días después, estando de baja laboral y tras empeorar su situación, fue ingresada en un hospital, donde pasó cuatro días en la Unidad de Reanimación y otros 28 en la UCI con un diagnóstico de neumonía bilateral.

Aunque inicialmente se extendió un parte de baja por enfermedad común, la facultativa no estuvo conforme y tras su solicitud el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) determinó que la baja tenía su origen en una contingencia profesional.

De hecho, la Dirección Provincial del INSS declaró la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad y salud laboral en el accidente sufrido por la médica e incrementó en un 30% las prestaciones económicas derivadas del mismo con cargo exclusivo a la Generalitat de Comunidad Valenciana.

Resultado dañoso

El tribunal valenciano ha dictaminado que esa declaración de falta de medidas de seguridad y salud laboral “debe extender sus efectos sobre el resultado dañoso concreto y efectivo sufrido por la demandante”.

Ese daño “tuvo su origen en el contagio del virus (…) que le generó el periodo de incapacidad temporal y las secuelas que vienen recogidas en los hechos probados de la sentencia de instancia”.