Patinetes eléctricos.

Patinetes eléctricos. EFE Yoan Valat

Observatorio de la movilidad

La nueva Ley de Seguros de Automóviles obligará a tener una póliza a los usuarios de patinetes eléctricos

La nueva norma amplía el conjunto de vehículos que deberán disponer de seguro obligatorio de responsabilidad civil.

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El Congreso ha aprobado la Ley de Seguros de Automóviles. Dicha normativa amplía el seguro obligatorio a un mayor número de vehículos, al tiempo que mejora las indemnizaciones.

Entre los nuevos vehículos se encuentran los agrícolas e industriales, así como los de movilidad personal, entre los que se incluyen los patinetes eléctricos.

De esta manera, culmina la tramitación parlamentaria de la Ley por la que se transpone la Directiva 2021/2118 relativa al seguro de responsabilidad civil para la circulación de vehículos automóviles, así como el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad.

La nueva norma modifica la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y la Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Una de las principales novedades de la nueva normativa radica en la introducción del concepto del vehículo personal ligero.

Patinetes eléctricos

La norma recoge que se trata de "vehículos a motor eléctrico que circulan por el suelo mediante una o más ruedas, dotados de una única plaza y que pueden alcanzar una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg o una velocidad máxima entre 6 y 14 km/h si su peso es superior a 25 kg".

Entre estos vehículos se encuentran los patinetes eléctricos o los vehículos de movilidad personal, los cuales deberán disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Así las cosas, se busca aquí compatibilizar el impulso al transporte urbano sostenible con la protección a las víctimas de accidentes causados por estos nuevos vehículos.

Además, con el fin de establecer las características y alcance de esta modificación, la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración dispondrá de seis meses desde la publicación de la Ley para emitir una propuesta de desarrollo reglamentario del seguro obligatorio para estos vehículos personales ligeros.

Asimismo, el Gobierno deberá poner en marcha un registro público de vehículos personales ligeros antes del 2 de enero de 2026.

Mayores indemnizaciones

La norma introduce también mejoras sustanciales en las indemnizaciones a las víctimas. Ahora, éstas se actualizarán conforme al Índice de Precios al Consumo.

Asimismo, se incrementarán algunos supuestos indemnizatorios y se amplían las indemnizaciones para mejorar la cobertura de los afectados, como es el caso de las personas dedicadas a las tareas del hogar de la unidad familiar.

Todo ello con el fin de agilizar el procedimiento de valoración de las indemnizaciones, evitando en lo posible la vía judicial al permitir acudir a cualquier alternativa extrajudicial de resolución de controversias.

Así, se facilitarán atestados policiales de manera gratuita y estableciendo plazos más reducidos de valoración médica y emisión de informes médicos periciales, entre otras medidas.

Más coberturas del Consorcio

La nueva normativa también amplía los supuestos de indemnización cubiertos por parte del Consorcio de Compensación de Seguros. De esta forma, el Consorcio cubrirá los accidentes en caso de insolvencia por parte de las entidades aseguradoras, aunque se trate de entidades extranjeras.

El Consorcio también se hará cargo de indemnizar a las víctimas de accidente de circulación causados de forma deliberada, así como de los nuevos supuestos de vehículos a motor que circulen sin el preceptivo seguro.

Otras medidas

La nueva Ley de Seguros de Automóviles también ha modificado la Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las aseguradoras para garantizar la idoneidad de las personas que dirigen las aseguradoras.

Todo ello con el objetivo de incrementar y mejorar las facultades de control del supervisor.

La normativa también recoge medidas de transparencia, para garantizar la estabilidad del seguro para vehículos destinados a la prestación del servicio de interés público de transporte de viajeros en taxi.

De esta manera, se establecen obligaciones de información para las entidades aseguradoras, tanto en la suscripción como en la renovación de los contratos de seguro.

Por último, la norma corrige las deficiencias en la normativa del seguro deportivo que favorecerá una oferta de seguro de accidentes para los deportistas federados, con sumas aseguradoras más amplias que las actuales.