Un trabajador de Glovo conduciendo su moto.

Un trabajador de Glovo conduciendo su moto. Glovo

Observatorio digital

La Justicia cree que Glovo respeta la 'Ley Rider' y la exime de pagar 295 millones a Just Eat por competencia desleal

El Tribunal Superior de Cataluña considera que ambas plataformas se distinguen por su forma de contratación y por su modelo de negocio.

Más información: Glovo cede ante la 'Ley Rider' y completa su cambio de modelo: contrata a 14.000 repartidores y deja de trabajar con autónomos

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Glovo se impone a Just Eat en los tribunales y esquiva una reclamación de 295 millones de euros por competencia desleal.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña asegura que Glovo "actúa dentro de la legalidad" a la hora de contratar a sus repartidores desde el año 2019.

Por tanto, dice la sentencia, la compañía se ajusta al cumplimiento de la Ley Rider, que, también, permite la prestación de estos servicios en régimen autónomo.

El juzgado Mercantil 2 de Barcelona considera que el servicio de reparto de comida a domicilio mediante plataformas digitales es un negocio "innovador y tecnológicamente avanzado".

En cambio, añade que el marco laboral de su regulación resulta controvertido y obsoleto.

Modelos diferentes

Por otro lado, el magistrado cree que, en contra de lo que Just Eat reclama, ambas plataformas no compiten entre sí de forma directa.

¿El motivo? Son "modelos de negocio diferentes". Just Eat logra el 80% de sus ingresos a través del marketplace, mientras que Glovo logra el 80% del servicio a domicilio.

Es decir, que "la laboralización no es la única diferencia" entre ambos negocios.

Asimismo, añade que los consumidores que prefieren Glovo destacan las funcionalidades de su aplicación, mientras que los de sus rivales Just Eat y Uber Eats destacan el precio y las promociones.

Por otro lado, el juez también argumenta que el cambio de modelo que comenzó a implementar Glovo desde principios de enero de 2025, la laboralización de los repartidores, no ha conllevado ninguna alteración de las cuotas de mercado.

En concreto, la sentencia señala que en junio de 2025 Glovo registraba una cuota del 53,8%, mientras que la de Just Eat era del 14,5% y la de Uber Eats del 28,5%.

Juicio

Just Eat España presentó a finales de noviembre una demanda contra Glovo, ejercitando una acción de competencia desleal por violación de normas y contratar a falsos autónomos. La compañía reclamaba a su rival 295 millones en concepto de daños y perjuicios,

El juicio se celebró los pasados días 17, 18, 19 y 20 de junio. Según el comunicado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la plataforma británica reprochó a su competidora el haber obtenido una extraordinaria ventaja competitiva derivada de la contratación de “falsos autónomos”.

En cambio, en su caso, cumpliendo con la conocida como 'Ley Rider', tenían contratados a
los repartidores en régimen laboral. Algo que, según Just Eat, no solamente le resultaba mucho más costoso, sino que también restaba flexibilidad al negocio.

Tras conocerse la sentencia, fuentes de Just Eat han indicado a EL ESPAÑOL-Invertia que están  llevando a cabo una "revisión detallada" del fallo y sus implicaciones.

"Emitiremos un comunicado oficial una vez finalizada esta evaluación", agregan desde la empresa, que está considerando la posible apelación de la sentencia.

Asimismo, añaden que en Just Eat siguen creyendo que "la igualdad de condiciones es esencial para una competencia sostenible y justa en el sector del delivery".