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Fiscalidad

Hacienda devuelve el IRPF de la maternidad al 55% de los solicitantes

  • Más de 563.000 madres y padres reciben un total de 733 millones
  • Hacienda asegura que siguen llegando solicitudes
26 marzo, 2019 11:44

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Más de 563.000 madres y padres han recibido hasta la fecha la devolución del IRPF vinculada con los permisos de maternidad y paternidad disfrutados entre 2014 y 2017. La suma de las cantidades (devolución más intereses) reintegradas a estas personas, a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre que declaró exentas las prestaciones públicas por  maternidad de la Seguridad Social, supera los 733 millones, según datos publicados hoy por el Ministerio de Hacienda.

Estos datos confirman el incumplimiento de la promesa de Hacienda de devolver a todos los contribuyentes el IRPF de las prestaciones por maternidad. La ministra María Jesús Montero, según publicó Invertia, prometió que antes del inicio de la campaña de la Renta, fijada para el 2 de abril, estarían todas las devoluciones.

En estos momentos, indica el Ministerio, sobre un total de 1.021.000 solicitantes, se ha resuelto la solicitud de 733.000 y, sobre estos últimos, ha correspondido practicar devolución a 563.000  contribuyentes, lo que supone el 76,8% de todos aquellos con solicitud resuelta y un 55% del total de solicitantes. Bien es cierto que no todas las solicitudes generan un derecho de devolución en la medida en que hay contribuyentes que no han sufrido retención o no han abonado cuotas en el IRPF por partir de niveles bajos de renta. Los contribuyentes con derecho a devolución han recibido 1.300 euros de media. En concreto, las mujeres han recibido de media 2.012 euros y los hombres 470 euros.

Hacienda resalta que estas cifras no son definitivas, dado que los contribuyentes siguen presentando solicitudes. En las últimas siete semanas se han recibido cerca de 180.000 solicitudes de devolución.

Adicionalmente, existe toda una serie de supuestos complejos que requieren de un mayor tiempo de comprobación previa antes de resolver positiva o negativamente una solicitud, entre los cuales caben destacar las solicitudes duplicadas, también aquellas en las que consta una cuenta bancaria incorrecta o no consta cuenta, y casos de declaraciones que ya fueron en su momento objeto de una comprobación.

Los casos complicados pueden venir tanto de la complejidad de la situación tributaria del solicitante, como de la propia declaración presentada en su día, ya que la determinación de la cantidad concreta que debe ser objeto de devolución exige un recálculo de toda la declaración y, por tanto, afecta a aspectos tan diversos como las rentas exentas y no
exentas, las reducciones, modalidad de declaración, etc.

La Agencia Tributaria ofrece en su página web una herramienta para consultar el estado de la tramitación de la devolución.