María Jesús Montero.

María Jesús Montero.

Mis finanzas

Nuevo cambio de criterio de Hacienda: devolverá todo el IRPF a los mutualistas en un solo pago antes del fin de 2025

María Jesús Montero ha apuntado este nuevo giro para los mutualistas que supondrá un desembolso de unos 4.000 millones de euros.

Más información: Mutualistas jubilados protestan contra la modificación de la devolución del IRPF: "Estamos hartos"

Publicada
Actualizada

Nueva vuelta de tuerca en lo que se refiere a la devolución de lo cotizado de más por los mutualistas. Si a partir de este 2025 tenían que reclamar año a año, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha subrayado que “los contribuyentes con derecho a este reintegro recibirán la devolución de una vez y en un solo pago en este año”. Según ha podido saber este periódico, esta medida supondría abonar este 2025 unos 4.000 millones de euros.

Así lo ha anunciado en una rueda de prensa en el ministerio, donde ha significado que este giro de 180 grados se debe “a las reivindicaciones de los grupos sociales y políticos”. Asimismo, ha señalado que “la cobertura del sistema de mutualidad alcanzaba de forma limitada”, al referirse a las devoluciones en cuatro años en función del ejercicio de reintegro.

Porque, y tal como recogió la web de la Agencia Tributaria, quedaba “sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024. También quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la vía que se haya utilizado para su solicitud”.

"En 2024 se pagaron determinadas devoluciones tanto por el Gobierno de España como por las Haciendas Forales. El aluvión de solicitudes obligaba a ordenarlas para evitar cuellos de botella que dificultaban hacer frente a la sentencia judicial. Por eso se aplicó la reordenación de la reforma fiscal, para que todo el mundo tuviera certidumbre", ha remarcado Montero.

Asimismo, ha reiterado que "después de hablar con todo el mundo, hemos decidido que ese criterio se cambie por el pago único que cada beneficiario tiene derecho a recibir". Eso sí, ha matizado que "hará falta revalidar que la persona quiere hacer uso del derecho que le asiste". También que "vamos a intentar evitar los trámites burocráticos y que la Agencia Tributaria pueda validarlo a golpe de clic". 

¿Qué cambios había para los mutualistas en 2025?

Para responder a la pregunta, conviene echar la vista atrás y revisar el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 21 de diciembre de 2024. En concreto, el apartado donde se hacía referencia a un impuesto para las grandes multinacionales.

Así, en su disposición final decimosexta, se podía leer que "la tramitación de los procedimientos se presentará, prestará y realizará en función de la antigüedad del periodo impositivo al que corresponden a razón de un período impositivo por cada año natural iniciado a partir de 2025".

Y añadía: "A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, las devoluciones del período impositivo 2019 y de los períodos anteriores no prescritos serán exigibles a partir de 1 de enero de 2025".

Otro punto a reseñar es que la AEAT "inadmitirá cualquier otra autoliquidación o, en su caso, solicitud de rectificación de autoliquidación que se presente por los contribuyentes con el objeto de obtener las devoluciones a las que se refiere esta disposición, cuando no se ajusten a lo dispuesto en la misma".

Y apuntaba que "esta disposición deja sin efecto los apoderamientos formulados con anterioridad a su fecha de entrada en vigor, así como las actuaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria realizadas a partir de los mismos, siempre que estuvieran pendientes de abono las devoluciones correspondientes".

Por último, indicaba que “quedarán sin efecto los procedimientos en curso de rectificación de autoliquidación, o de devolución iniciado mediante autoliquidación, cuya devolución no se hubiera acordado a la fecha de entrada en vigor”.

Fruto de estos cambios, los mutualistas que habían presentado una solicitud de devolución y no la habían ingresado tenían ante sí un nuevo calendario a la par que un nuevo procedimiento.

Y es que deberían volver a pedir las devoluciones. Sin embargo, ya no eran los cuatro años que no habían prescrito de manera conjunta. Deberían pedirlas año a año. "Ya están contabilizados la totalidad de reintegros que hay que abonar y cuál será el impacto de esta devolución que se situará en el 2,8% del déficit", ha añadido la también vicepresidenta primera del Gobierno. ¿Traducido a euros? Los 4.000 millones antes indicados. 

Antes de producirse este nuevo cambio, y según explicaba la Agencia Tributaria, las devoluciones se realizarían atendiendo a un calendario anual “mediante la presentación de los correspondientes formularios de solicitud de devolución que se pongan a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF”. Es decir, a partir del próximo 2 de abril.

Dicho de otra manera, y antes de este giro, en 2025 se podría solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos; en 2026, la devolución del ejercicio 2020; en 2027, la del ejercicio 2021; y, en 2028, la del ejercicio 2022. Ahora, y tal y como ha dicho María Jesús Montero, todo "se hará efectivo en 2025".