Una oficina de empleo, en Madrid.

Una oficina de empleo, en Madrid. Eduardo Parra / Europa Press

Mis finanzas

La novedad del SEPE que hace más segura la tramitación de la prestación por desempleo

Te contamos lo más novedoso del SEPE para que no tengas problemas a la hora de presentar tu solicitud para cobrar el paro.

28 mayo, 2023 18:26

El Servicio Público de Empleo Estatal, más conocido por SEPE (antiguo Inem), es el organismo encargado de promover, diseñar y desarrollar acciones para el empleo. Adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, dispone de una amplia red de oficinas presenciales distribuidas por todas las provincias desde las que se gestionan los trámites de prestaciones por desempleo.

Esta labor la desarrolla el SEPE junto con los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas. En conjunto, forman lo que se conoce como Sistema Nacional de Empleo. Además, dispone de los siguientes servicios: un servicio de atención telefónica al ciudadano (060) y un servicio de atención telefónica para solicitar cita previa (91 926 79 70).

Llegados a este punto conviene recordar que los trámites se pueden llevar a cabo en las diferentes oficinas repartidas por todo el territorio nacional. Pero también se pueden hacer de forma electrónica. Eso sí, para la solicitud de prestaciones es imprescindible la inscripción previa como demandante de empleo ante el Servicio de Empleo de la comunidad autónoma. Y sólo se atenderá al ciudadano cuyo nombre y DNI/NIE coincida con el de la cita. Si se es extranjero no comunitario hay que aportar el TIE y el pasaporte.

¿Cómo solicitar la prestación por desempleo?

Para realizar los trámites de forma electrónica (sin acudir a la oficina) se puede hacer sin firma electrónica, a través del ‘formulario de presolicitud y tr@mites’. Y, si dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve, en la sede electrónica del SEPE. Basta con que tenga uno de estos tres.

Para finalizar los trámites que requieren firma, es imprescindible, cuando se accede con usuario y contraseña cl@ve, disponer de teléfono móvil y que coincida con el registrado en cl@ve.

[Las personas LGTBi deberán avisar de su orientación sexual al SEPE para ser prioritarias en las oficinas de empleo]

Entre los trámites que se pueden llevar a cabo electrónicamente están: la inscripción como demandante de empleo, la renovación de la demanda, la actualización de la situación, el duplicado de tarjetas de demanda, informes, certificaciones y otros servicios.

En la sede electrónica del SEPE también se puede buscar ofertas, hacerte el currículum, publicar anuncios y gestionar las candidaturas de ofertas a través de la agenda. También obtener información sobre cómo buscar trabajo, autorreconocerte la prestación por desempleo, autoempleo y más información y servicios disponibles.

¿Qué novedad hace más segura la prestación?

La ‘buena nueva’ que incorpora el SEPE hará más segura la tramitación de la prestación por desempleo. En concreto, lo que ha incorporado es la verificación vía SMS en el formulario de presolicitud.

Así, y a partir de ahora, cuando la persona cumplimente el formulario de presolicitud de prestaciones deberá indicar cuál es su número de teléfono móvil. A ese número el SEPE enviará un código PIN de un solo uso con el que se podrá verificar la identidad del demandante.

Por eso, habrá que incluir esa clave que se recibirá en el móvil para finalizar el formulario. Una vez verificada la identidad, el usuario deberá confirmar el trámite que quiere realizar y rellenar el formulario con los datos necesarios para la tramitación.

Es conveniente, asimismo, descargar y guardar el justificante de la presolicitud para cualquier consulta o incidencia. ¿Y cuáles son los trámites que están disponibles con la presolicitud? Antes de reseñarlos, conviene recordar que en la sede electrónica del SEPE está disponible el formulario de presolicitud para aquellas personas que no disponen de DNI electrónico, certificado digital o cl@ve permanente.
Estos son los trámites que puedes realizar con presolicitud:

  • Solicitud de prestación contributiva (alta o reanudación).

  • Solicitud de subsidio (alta o reanudación).

  • Prórroga de subsidio.

  • Declaración anual de rentas ‘Subsidio mayores de 52 años’.

  • Compatibilidad de trabajo a tiempo parcial o por cuenta propia.

  • Solicitud de baja por baja médica o IT.

  • Solicitud de baja por colocación por cuenta ajena.

  • Solicitud de baja por colocación por cuenta propia.

  • Solicitud de baja por maternidad/paternidad.

  • Solicitud de baja por salida de España.

  • Solicitud de baja de subsidio por cambios en rentas o responsabilidades familiares.

Por último, hay que recordar que a través del formulario de presolicitud no se pueden presentar reclamaciones ni alegaciones. Para ello, se debe presentar un escrito a través de registro electrónico o en la oficina de prestaciones correspondiente.